Cuidado con el alquiler y las cláusulas de las inmobiliarias: algunas son ilegales

Domingos Sampedro
domingos sampedro SANTIAGO / LA VOZ

ECONOMÍA

M.MORALEJO

Interponen la primera demanda de inquilinos por los cobros camuflados

27 abr 2024 . Actualizado a las 16:59 h.

Un pago por la reserva de un piso o por las gestiones, un porcentaje de la primera mensualidad del alquiler o una tarifa para realizar un estudio de solvencia del inquilino. Estos son los conceptos de algunas tarifas que las agencias inmobiliarias pueden cargarle a los clientes que llegan a su puerta buscando vivienda, comisiones que en muchos casos son ilegales. La propia Lei de Derecho a la Vivienda, aprobada el año pasado, estipula que los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato de alquiler debe asumirlos el arrendador y a eso se aferran organizaciones de usuarios como Facua, la OCU o el Sindicato de Inquilinas e Inquilinos (SII) para desenmascarar este tipo de pagos irregulares.

Estas asociaciones llevan meses denunciado estas prácticas ante los organismos oficiales, desde la Dirección General de Consumo adscrita al Ministerio de Derecho Sociales hasta las oficinas de consumo de las comunidades, aunque con escasos resultados prácticos. El Sindicato de Inquilinas e Inquilinos decidió dar un paso más e interponer tres demandas contra una inmobiliaria en concreto, Alquiler Seguro, que cuenta con 52 oficinas y una bolsa de 97.000 inquilinos en toda España.

El sindicato acusa a la inmobiliaria de cobrar honorarios de mediación a los inquilinos, ahora prohibido por la ley, camuflados bajo el sobrenombre de «servicio de atención al inquilino». No obstante, solo es la punta del iceberg. Las organizaciones de usuarios consideran que este tipo de prácticas están muy extendidas y toman formas muy diversas.

servicio de atención

El equivalente a un mes del alquiler. Algunas inmobiliarias buscan artimañas para seguir cobrando al ciudadano por sus labores de intermediación en la búsqueda de un piso y, en las demandas interpuestas por el Sindicato de Inquilinas, detalla que la firma Alquiler Seguro creó el concepto de «servicio de atención al inquilino» para cobrarle el equivalente a una mensualidad del alquiler por sus servicios, lo que carece de respaldo legal.

 pago por reserva

Hasta 200 euros de anticipo para ver un piso. La demanda creciente de vivienda en alquiler provoca que algunas inmobiliarias apliquen una tasa por reservar un piso, que en los casos denunciados es de 200 euros. Esta cantidad, aclaran desde el SII, puede acabar perdiéndose si finalmente no se opta por esa vivienda o no resulta ser el inquilino elegido entre varios. De ahí que incluso se aplique otra tarifa más de 8 euros para asegurar la devolución de la reserva.

contratar seguro

Exigencia obligatoria para firmar el contrato. Esta no es una cláusula tan frecuente, pero en los casos denunciados en los juzgados de Madrid sí se hace constar la condición impuesta por la agencia a los inquilinos para poder acceder a la vivienda que consiste en suscribir a mayores un seguro de pagos con una firma en concreto. Se trata de Liberty Seguros, que forma parte del mismo grupo empresarial que la agencia inmobiliaria.

gastos de gestión

Hasta un 20 % más por los servicios de mediación. En lo que concierne a Galicia, varios usuarios hicieron llegar al Sindicato de Inquilinas, según relata Adolfo Telmo, portavoz sindical en Vigo y Val Miñor, la práctica que cargarles a mayores una tasa equivalente al 20 % de la fianza y la primera mensualidad del alquiler por los gastos de gestión y mediación, un pago que el propio Telmo considera «totalmente ilegal».

acceso a datos

Comprobación de los movimientos bancarios. La exigencia aplicada por algunas inmobiliarias de acceder a los últimos 3 meses de movimientos bancarios no es un cargo, pero sí supone una violación de la privacidad en aras de acreditar la solvencia del futuro inquilino. En otros casos, se aplica un cargo adicional con el pretexto de elaborar un «estudio de solvencia» de la persona interesada en firmar el contrato de alquiler, aunque también lo consideran ilegal las organizaciones de consumidores.

denuncias disuasorias

Devoluciones para evitar daño reputacional. Puede haber tasas por múltiples conceptos, y muchas veces, como apunta Víctor Palomo, del SII de Madrid, «las inmobiliarias las cobran en B y se niegan a extender un recibí» para que no quede registrado. Pero también hay casos en que la denuncia surte efecto y las agencias devuelven de inmediato los cargos indebidos para evitar daños reputacionales, como el sindicato asegura que ocurrió con Finkasa.