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El Tribunal Supremo ratifica la sentencia que obliga a demoler una vivienda construida en Punta Corbeiro

Nino Soto

AROUSA

06 ago 2009 . Actualizado a las 02:00 h.

El Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia que data del año 2007 en la que ordena el derribo de una vivienda unifamiliar ubicada en punta Corbeiro, en la parroquia sanxenxina de Noalla.

La denuncia original se interpuso como consecuencia de la sanción de 8.682,29 euros impuesta por la Consellería de Medio Ambiente al dueño que ejecutó las obras de la casa. El departamento autonómico también obligaba restituir los terrenos en los que se acometió la actuación a su estado anterior a la comisión de la infracción.

De hecho, además de la vivienda, se ordenó la demolición del porche adosado a la casa construido, así como una caseta para bombas de agua, el enlosado de piedra granítica y la contrucción del muro de cierre de la finca. La sanción se produjo debido a que la estructura se hallaba en una zona de servidumbre de protección de dominio público marítimo-terrestre.

El Tribunal Supremo confirmó la inadmisión del recurso de casación al valorar la vivienda, la caseta y el cierre en menos de 150.000 euros.

El magistrado de la sección primera de la sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo desestima la apelación al «estar exceptuada del recurso de casación la resolución judicial impugnada por haber recaído en un asunto cuya cuantía no excede razonablemente de 150.000 euros».

Menos de 30.000 euros

El titular de la sala precisó que en la resolución administrativa de Medio Ambiente se había valorado el coste de ejecución de las obras en una cantidad inferior. Detalló que el precio de la caseta y el enlosado se fijó en 3.625,09 euros, la vivienda unifamiliar en 29.088,91 euros y el muro y el portalón en 2.015,15 euros.

El responsable había valorado en 158.692,29 euros el coste de la intervención, al considerar que la obra fue realizada en un municipio costero y turístico.

Ilegalidad en Poio

La Comunidad de Montes de San Salvador de Poio ha ganado un nuevo pulso al Concello. El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento sobre la legalidad de la licencia urbanística municipal concedida para las 28 viviendas unifamiliares que se ejecutaron en la calle Isla Canosa, en Boa Vista. La autorización había sido concedida el 22 de abril de 2002. La comunidad de montes también pretendía anular parte de la aprobación del Plan Xeral de Ordenación Urbana (PXOU) que data de julio de 2000.