Una sentencia avala que la policía de Ribeira pueda multar en el Malecón pese a ser terreno de Portos
BARBANZA
Una sentencia acaba de arrojar luz sobre un espinoso asunto que atañe a la ciudad ribeirense. ¿Puede o no la Policía Local de Ribeira denunciar a los vehículos que estacionen mal en zonas como la del Malecón, cuya titularidad es de Portos de Galicia? La jueza, a raíz del recurso contencioso-administrativo que presentó un particular al que habían multado, da la razón a los agentes y, por extensión al Concello, y, por tanto, entiende que los municipales sí pueden denunciar a aquellos coches que incumplan las normas en estos lugares.
Los hechos a los que se refiere la sentencia ocurrieron en junio del 2007. En ese momento, los agentes locales denunciaron a un vehículo que estaba estacionado en línea amarilla a la altura del número 47 del Malecón -en la zona donde está monumento de Adeje-. Esa denuncia dio pie a una sanción de noventa euros y a que el particular afectado acabase presentando un recurso contencioso-administrativo. Lo que hacía constar en él era que se trataba de terrenos de Poros de Galicia y que, por tanto, solamente este ente y no el Concello tenían potestad para denunciar.
Sin embargo, la jueza no lo entiende así. Indica que «la infracción se cometió en una zona de estacionamiento de vehículos fuera del cierre que delimita la zona portuaria y que forma parte del casco o núcleo urbano del Concello de Ribeira, anexo a la avenida del Malecón, la cual está abierta a todos los ciudadanos y constituye una de la zonas más céntrica y de más intensidad de tráfico». Luego, la sentencia incide que es el Ayuntamiento quien presta los servicios en esta zona y quien se encarga de su mantenimiento, por lo que la conclusión es clara.
«No se puede negar entonces la competencia del alcalde del Concello para sancionar en la zona de estacionamiento en la que se cometió la infracción», indica el texto legal. Y, luego, también señala: «Aún cuando la zona de estacionamiento en la que se cometió la infracción pertenece al dominio público portuario, lo está fuera de la delimitación con cierre con zona de los servicios portuarios». Así, la jueza insiste en que, siempre que se trate de terrenos que están más allá del vallado del muelle, aún siendo de titularidad de Portos de Galicia, la policía tiene potestad para multar.