Un fallo del TSXG pone en peligro todo el trabajo del PXOM estradense

F. S. Cordón

DEZA

12 dic 2009 . Actualizado a las 02:00 h.

El último intento de elaborar un PXOM para A Estrada nació hace tres años, con la llegada de Dono al gobierno local. Se aprovechaba en parte el trabajo realizado estérilmente en los cuatro años anteriores para contar con un plan xeral. Pero en los noventa hubo al menos otros dos intentos frustrados de sustituir las viejas normas subsidiarias, o urbanísticas, del 78.

Al gobierno local apenas le quedaban ahora dos meses para concretar su proyecto definitivo de PXOM y enviarlo a la Xunta. El visto bueno o el rechazo que podría sufrir ese documento pasa ahora a ser más que secundario, al conocerse una reciente sentencia, del pasado día 12 y del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), por la que se anula el decreto de la Xunta del 2006 que suspendía las antiguas normas subsidiarias de A Estrada y aprobaba una normativa urbanística provisional válida hasta que el PXOM estuviera listo, y en vigor.

El alcance de este fallo del Superior era complicado de estimar ayer, por los propios expertos o políticos locales. En principio, si quien ha conseguido esta sentencia, Aedru, pide la ejecución de la misma -aunque aún cabría esperar por si la Xunta recurre el fallo- esa ejecución supondría que las viejas normas volverían a quedar en vigor, algo que podría implicar la aparición de muchos proyectos que no cabían ni con las normas provisionales ni en el PXOM que se elabora. Por ejemplo, podrían presentar un proyecto de edificios en la zona que alguna vez se quiso reservar para ampliar los jardines. Esa superficie estaba protegida por la normativa transitoria.

Podría igualmente surgir algún plan parcial para terrenos que las viejas normas calificaban de aptos para urbanizar, y que habrían perdido esa clasificación con leyes urbanísticas mayores, posteriores, del Estado o de Galicia, pasando a ser rurales. Es el caso de amplias superficies en O Cruceiro.

Esperar a la Xunta

En todo caso, la sentencia abre un mar de dudas, y muchos creen que pone en peligro todo el trabajo realizado en los últimos años con el PXOM estradense. Mal se puede preparar un plan, fijando clasificaciones o desarrollos, si hay normas en vigor que permiten construir, mientras, con otra calificación. En todo caso, habrá que ver si la Xunta recurre este fallo.

La sentencia precisa que no se ajustan a derecho los pasos dados para aprobar una norma provisional y anular las subsidiarias del 78, sobre todo porque los interesados no pudieron intervenir.

La Xunta entendió en su momento que las viejas normas urbanísticas no se ajustaban a leyes superiores, y posteriores, del Estado, o de la Lei do Solo actualizada en el 2002. Por ello fijó unas transitorias hasta que A Estrada lograse su PXOM.

Existe otra circunstancia a tener en cuenta: la actual Xunta no está gobernada por los mismos partidos que estaban en el poder cuando se aprobó esa normativa transitoria. No está claro si asumirá el posible lapsus de otros, pero los estradenses y sus políticos tampoco ven con claridad qué puede pasar ahora. El Concello no puede recurrir porque lo que anula la decisión del TSXG es un decreto de la Xunta. Tampoco se sabe si habrá que rehacer el PXOM. Los trabajos del mismo partían, en cierta medida, de tener anuladas las normas del 78, y en vigor las transitorias. Hay un dato revelador: algunas superficies tenían mejor aprovechamiento urbanístico en aquellas normas, que ahora vuelven a valer, que en el PXOM que se prepara. Si no hay recurso, caben proyectos basados en estas viejas normas.