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Hacienda se compromete a devolver antes de finales de este mes el 80% de las declaraciones

Natalia Bore

ECONOMÍA

01 jul 2008 . Actualizado a las 13:27 h.

La campaña de la renta del 2007 concluyó ayer y, según la Agencia Tributaria, antes de que concluya este mes de julio se habrá realizado el 80% de las devoluciones a los contribuyentes que tengan derecho a ella, estimados inicialmente en 14,2 millones de los casi 18,5 millones de declaraciones presentadas desde el 17 de abril.

Según confirmaron ayer fuentes de Hacienda, solo un porcentaje residual (no más del 0,5%) de ciudadanos con derecho a devolución la reciben fuera del año y, por lo tanto, perciben intereses de demora. Estas dilaciones responden al proceso de comprobación que la Administración Tributaria realiza con todas las declaraciones. Las mismas fuentes señalaron que este año se ha incrementado en 870.000 el número de declarantes, y esperan que en torno al 40% de todas las declaraciones presentadas lo hayan hecho a través de Internet. También han valorado positivamente la respuesta de los contribuyentes con respecto al uso de la herramienta del borrador, «pese a las noticias aparecidas en los medios, alertando de errores».

Pero, aunque el plazo oficial para saldar cuentas con el fisco se cerró ayer, es posible subsanar errores y «olvidos»:

Declaración «paralela».

Es la «liquidación provisional», también conocida como «paralela», que envía Hacienda si el contribuyente se equivocó al declarar. El error, como recoge la OCU en su guía fiscal, pueder ser en un cálculo o en el cruce de datos, de modo que al Administración Tributaria disponga de información sobre ingresos que el ciudadano hubiera olvidado declarar. En caso de que el contribuyente esté conforme, deberá pagar la liquidación con los intereses de demora. En caso de que crea que Hacienda se equivoca, puede recurrir la paralela y presentar alegaciones, siempre le hayan abierto expediente sancionador.

Declaración complementaria.

Si el contribuyente se equivocó al declarar y pagó al fisco menos de lo que debía o pidió una devolución mayor, no debe esperar a que Hacienda le envíe la liquidación provisional, sino que debe presentar una complementaria. Si han pasado entre tres y seis meses, el recargo será del 5%, que subirá al 10% si han pasado entre seis y doce, y el 20% más los intereses de demora si ha transcurrido más de un año.

Fuera de plazo.

Si al ciudadano se le pasó el plazo para ajustar cuenta con el fisco debe presentar la declaración y Hacienda le reclamará el recargo correspondiente si es a pagar, o le sancionará con 100 euros si es a devolver. Si no declara, aún estando obligado a ello, y lo hace tras el requerimiento del fisco, el contribuyente pagará una sanción, mientras que si declaró cuando no debía hacerlo, puede reclamar el dinero abonado.