Anulado el despido de una empleada municipal de Punxín a la que echaron por ser del PP

La Voz

GALICIA

06 sep 2007 . Actualizado a las 02:00 h.

Con una declaración de despido nulo ha zanjado el Juzgado de lo Social número 3 de Ourense la demanda de una trabajadora del Concello de Punxín, limpiadora, a quien el alcalde socialista de este municipio ourensano ordenó que se le aplicara tan estricta medida disciplinaria el primer día hábil tras su toma de posesión. La sentencia atribuye el despido a razones políticas y deja claro, de manera expresa, que «la única causa del despido y por la que la demandante ha sido despedida es por pertenecer a un partido político distinto del que gobierna en Punxín», según recoge la fundamentación del fallo.

La resolución, que se ajusta a la petición de la perjudicada y del ministerio fiscal, declara nulo el despido y condena al Concello a que readmita a la trabajadora en el mismo puesto y en iguales condiciones, y a que le abone los salarios de tramitación dejados de percibir hasta la efectiva readmisión.

Declara la sentencia en su relación de hechos probados que la empleada prestaba servicios para el Ayuntamiento desde octubre del 2005, con categoría profesional de limpiadora, un salario de 296,36 euros mensuales y con una jornada laboral de quince horas semanales, que repartía en tareas de limpieza en el Concello, el centro de salud y el colegio público del municipio. El 30 de junio recibió la carta de despido, en la que se achacaba tal decisión a «la disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo».

En este mismo apartado de hechos probados, un capítulo que sólo excepcionalmente es revisado en los recursos de apelación o de casación, igual en los tribunales superiores como en el Supremo, se hace notar que el pasado 16 de junio tomó posesión el alcalde, perteneciente al PSOE. Y el lunes siguiente, es decir, dos días después de que Alfredo Cruz Gago se convirtiera en regidor municipal, éste «le dijo a la secretaria del Ayuntamiento que despidiera a la demandante porque no quería verla más, y la secretaria le dijo que no había motivos para el despido, diciendo el alcalde que le había hecho mucho daño».

La demandante, Ramona Lema Lema, había sido candidata por el PP en las elecciones municipales de 1999, de la misma forma que lo había sido su hija en la campaña del 2007.

La afectada presentó una reclamación previa frente al Concello el día 10 de julio, sin haber obtenido respuesta, por lo que el pasado 3 de agosto trasladó su reclamación a la jurisdicción de lo social, que ha resuelto el caso en menos de un mes. La sentencia es susceptible de recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).