Otro guardia civil ha sido separado del cuerpo, en este caso por expoliar un castro

GALICIA

Era cabo del puesto de Rodeiro y fue condenado a año y medio de cárcel por daños al patrimonio histórico

28 oct 2009 . Actualizado a las 02:06 h.

La separación del servicio de un agente del subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Pontevedra que se había apropiado de la tarjeta de crédito de un fallecido en un accidente de circulación para utilizarla en su provecho no ha sido el único caso de estas características que ha tenido lugar en las Rías Baixas en las últimas semanas. El Ministerio de Defensa tampoco se ha andado por las ramas y ha separado del cuerpo al que fue cabo primero del puesto de Rodeiro. En una resolución que también tuvieron que ratificar los tribunales militares, el cabo Dionisio Lago Benavides fue sancionado por una falta disciplinaria muy grave: el expolio que sufrió en el 2000 el castro de Palio, ubicado en Lalín. Por estos hechos, el mando, junto con otras dos personas, fue condenado a un año y medio de cárcel por un delito de daños contra el patrimonio histórico y una falta de hurto. A principios de octubre del 2005, el propietario de una finca ubicada en el lugar de Palio le comentó a otro de los acusados que tenía intención de limpiar los terrenos. Sabiendo que en la zona existía un castro llegaron a un acuerdo que beneficiaba a las dos partes: a cambio de limpiar los terrenos en cuestión, el segundo de los imputados podría quedarse con todas las monedas que encontrase. Este último individuo fue la persona que, posteriormente, contrató a un tractorista, que fue absuelto de todos los cargos, para que fresara y arase la finca, mientras que le propuso a Dionisio Lago repartirse el botín a partes iguales, siempre y cuando el guardia civil utilizase un detector de metales de su propiedad. En su día, llegó a asegurar que este aparato era de su mujer para utilizar en la playa. A la postre, el expolio modificó «el estado y situación de los objetos existentes en el asentamiento», que data de la Edad de Hierro, entre los siglos IV antes de Cristo y I después de Cristo. Asimismo, se causaron daños irreparables en el yacimiento, pues se desconocía el lugar concreto que ocupaban los objetos desplazados. Este hecho es de vital importancia para obtener información sobre la vida de las personas que en su época ocuparon el asentamiento. Ante estas pruebas, los tribunales militares entienden que, al actuar como actuó, el cabo «afectó el interés de la Administración», que tiene la obligación de garantizar la conservación del patrimonio histórico y de los bienes que lo integran, pero también perjudicó al «derecho de los ciudadanos concretado en el interés general en el acceso a los bienes de esta naturaleza que forman parte de la ''cultura de un país''».