El organismo fija un plazo de tres meses para ejecutar la resolución, que la promotora anuncia que recurrirá
21 abr 2010 . Actualizado a las 12:36 h.La Axencia de Protección da Legalidade Urbanística ha ordenado la demolición de 52 apartamentos adosados situados en O Grove, correspondientes a la conocida como urbanización de Raeiros, situada a pocos metros de la playa del mismo nombre. Se trata de una obra ejecutada por Inproin Galicia S.?L. que, según ha dictaminado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), no se ajusta a la legalidad.
El debate gira en torno a si los chalés de Raeiros responden al modelo de apartotel o son, en la práctica, chalés independientes. Se trata de 52 apartamentos adosados que cuentan con zonas comunes en las que hay piscinas, edificios de servicios, viales interiores y muros de contención.
Inproin se reafirmó ayer en la legalidad de la obra, pero el TSXG desestimaba el pasado octubre un recurso contencioso presentado por la empresa. En marzo de este año, la agencia urbanística dictaba una resolución ordenando la demolición y la reposición de la legalidad en esta parcela, cuando todavía estaba al frente Hipólito Pérez.
La agencia fija un plazo de tres meses para cumplir la orden de derribo y, en caso contrario, «procederase á súa execución subsidiaria ou á súa execución forzosa mediante a imposición de multas coercitivas». Sobre esta resolución cabe recurso contencioso-administrativo.
Dicha resolución llegó el lunes al Concello grovense y ayer se desconocía cuándo y quién va a encargarse de ejecutar esta orden. El gobierno local está a la espera de que la Xunta mueva ficha. «El Concello esperará a que la Xunta actúe, ya que recuerda que esta es la competente para actuar en suelo rústico y deberá ser la encargada de velar para que se cumpla esta orden de demolición». Por su parte, desde la Consellería de Medio Ambiente guardaron ayer silencio a este respecto.
En cuanto Inproin Galicia S.?L., anunció ayer su intención de recurrir esta y cualquier otra resolución administrativa «por cuanto las mismas adolecen de vicios de nulidad». Actualmente, ya tiene recurrida ante el Tribunal Supremo la sentencia del TSXG.
¿Apartotel o viviendas?
La controversia sobre la urbanización de Raeiros tiene un amplio historial. Arranca en la primavera del 2007, a raíz de que la Consellería de Política Territorial obligara a Inproin a devolver la finca a su estado original por entender que la licencia de obra otorgada a Raeiros S.?L., el 11 de junio de 1993, era para la construcción de un apartotel en la zona de Balea, «e non para a construción de 52 vivendas unifamiliares acaroadas». En opinión de la promotora, «la discusión no es la legalidad o ilegalidad de las obras, sino si la división horizontal supone la existencia o no de una parcelación urbanística, que Inproin Galicia rechaza de pleno conforme a una consolidada jurisprudencia».
Por el contrario, la Dirección Xeral de Urbanismo advertía en abril del 2007 de que la obra «constitúe unha parcelación urbanística en solo rústico prohibida polos artigos 206 e 207 da vixente Lei 9/2202». A partir de ahí, Inproin interpuso recursos por la vía administrativa y judicial, que siempre fueron desestimados, pero no renuncia a agotar la vía legal.