La Audiencia de Oviedo anula las escuchas telefónicas y concluye que no hay ninguna prueba de delito
19 abr 2013 . Actualizado a las 07:01 h.Los magistrados de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo han absuelto al cabo del Seprona de la Guardia Civil de Vegadeo, José Luis Santos Redondo, del delito de revelación de secretos del que fue imputado en el juicio contra la red de venta de droga desarticulada en Vegadeo en 2010, y en el que sí han sido condenadas otras 13 personas como autores o cómplices de delitos contra la salud pública. Estas condenas eran conocidas, porque los acusados reconocieron los hechos y aceptaron las penas que planteó la fiscalía, pero José Luis Santos se declaró desde un primer momento inocente y finalmente ha sido absuelto.
En el fallo de la Audiencia se considera acreditado que José Luis Santos tenía una relación de amistad con uno de los acusados por venta de droga que, según sostenía la fiscalía, cuando acudió al cuartel de Vegadeo a presentar una denuncia contra un individuo con el que había tenido una pelea, pidió que se accediese a la base de datos de la Guardia Civil para conocer sus antecedentes. Así lo hizo otro agente, que en aquel momento prestaba apoyo en el Seprona de Vegadeo.
Este guardia entró en la base de datos «como venía haciendo normalmente en el desempeño de su trabajo» con la tarjeta y claves de José Luis Santos, que cuando ocurrieron los hechos estaba de vacaciones.
La acusación de la fiscalía de revelación de secretos contra el cabo del Seprona se fundamentó en unas grabaciones de teléfono que la Policía Judicial hizo en el transcurso de la operación, que había sido autorizadas exclusivamente para la averiguación del delito de tráfico de drogas.
El abogado de José Luis Santos solicitó que las escuchas telefónicas fuesen anuladas por falta de control y autorización judicial. Los magistrados entendieron que así debía ser, «por tratarse de pruebas obtenidas con violación de derechos fundamentales», porque el juez que instruía el caso no fue informado de ello.
Pero además, en el fallo se aclara que ninguna otra prueba que se presentó en la vista puede acreditar el delito de revelación de secretos.
Al contrario, la defensa del cabo del Seprona llamó a declarar al agente que reconoció haber sido él quien accedió a la base de datos. Además, otros testigos de la defensa, como el capitán de la Guardia Civil en Vilalba, Virgilio López Rico, y un antiguo superior del cuartel de Luarca afirmaron que es habitual consultar de «motu propio» los datos de personas cuando se presentan denuncias, como fue el caso, y que por lo tanto no hubo ningún proceder ilícito.
La fiscalía pedía para el cabo una pena de cuatro años y seis meses de prisión, una multa de 10.800 euros e inhabilitación absoluta durante seis años.
Posibles querellas
Según algunas fuentes, el proceso podría no acabar aquí, ya que no se descarta que se presenten querellas contra cargos de la Guardia Civil por no salir al paso de las acusaciones.
La fiscalía pedía una pena de 4,3 años de cárcel y una multa de
casi 11.000 euros