Como un goteo, poco a poco se van produciendo sentencias que condenan a los bancos a compensar a los clientes por la compra de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas. El juzgado de instrucción número 1 de Cambados acaba de fallar a favor de un particular que reclamaba que se declarase la nulidad «por error del consentimiento» del contrato de suscripción de subordinadas suscritas con Novagalicia Banco. La jueza ha estimado la demanda y condena a la entidad a restituir la cantidad señalada además de los intereses legales procedentes desde el día 4 de febrero del 2010 «hasta el completo pago, si bien de la obligación de pago de dichos intereses legales debe descontarse la cantidad compensable de 247,94 euros», indica el fallo. El banco deberá pagar también las costas.