Comunicado de la Policía Local de A Estrada sobre la RPT

La Voz

A ESTRADA

19 abr 2024 . Actualizado a las 18:30 h.

Desde el colectivo de la Policía Local del Ayuntamiento de A Estrada, miembros del mismo, en relación con la Providencia de inadmisión a trámite, dictada por el Tribunal Supremo el 10-04- 2024, del recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de A Estrada contra la Sentencia Nº 738/2022, de 13-10-2022, dictada por el TSJ de Galicia en los autos de recurso de apelación Nº 167/2022, comunicamos:

Que mediante dicha resolución del Tribunal Supremo, contra la que no cabe recurso alguno, vemos satisfechas las pretensiones que, en este momento, ven reconocido el esfuerzo y el tiempo invertido necesarios para afrontar un litigio de duración prolongada. En el que hemos tenido que lidiar con toda clase de adversidades, entre ellas, varios procesos judiciales, aplazamientos de juicios (hasta once por un mismo pleito), huelgas de los funcionarios de Justicia (tan legítimas como nuestras pretensiones) y retrasos debidos a la pandemia de Covid-19.

En nuestro caso (RPT), hemos tenido que afrontar unos ocho pleitos con sus respectivos recursos e incidentes de ejecución para resolver determinadas cuestiones, como lo fue esta última, en la que el Juzgado dio la razón al Ayuntamiento de A Estrada al considerar que la Sentencia de 31-07- 2018 había sido ejecutada debidamente al no reconocer los atrasos desde el año 2016. Esto nos obligó a recurrir el Auto de ejecución ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que estimó nuestro recurso, reconociendo los atrasos, no solo a nosotros, sino a todos los trabajadores afectados, que son casi todos, así como los correspondientes intereses que se devengan mientras no se satisfaga toda la deuda. Sin embargo, el Ayuntamiento de A Estrada recurrió en casación, y su escrito no ha pasado el filtro de la Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, como ya era de esperar, debido a su insolvencia argumental, lo que conlleva la imposición de las costas procesales.

Todo ello gracias al arduo y constante trabajo de nuestros abogados particulares (Álvarez Abogados) y de los letrados del Sindicato UGT, que ha llegado hasta el final con nosotros y, gracias a los cuales, todos los demás trabajadores van a poder cobrar estos atrasos.

Después de este largo litigio, iniciado en el año 2014 al no encontrar una solución negociada, que hubiese sido lo mejor, tanto para nosotros como para la Administración, lo que aún nos sorprende (creíamos agotada nuestra capacidad de sorpresa) es que el Ayuntamiento, a través de su Concejal de Hacienda y Personal (16-04-2024, en noticia de prensa), afirma que “podría no ser el final de la historia al estar estudiando nuevos posibles recursos a esta resolución del Supremo”, cuando, esa misma resolución, en su último párrafo, recoge que “contra la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.5 LJCA, no cabe recurso alguno”, declarando su firmeza la diligencia de ordenación de 15-04-2023.

Deberíamos tener presente que el Ayuntamiento de A Estrada sufragó los pleitos con los impuestos de todos los estradenses, mientras que el colectivo de la Policía Local pleiteó a costa de sus sueldos, es más pagó impuestos para que el Gobierno pleitease en su contra. La situación es que, en este momento, con la Sentencia ya firme, los intereses que tiene que pagar el Ayuntamiento a este colectivo por la deuda contraída desde el 2016, los pagarán realmente no los responsables de esta situación de su bolsillo, sino todos los estradenses con sus impuestos.

No obstante, y en aras al buen entendimiento, desde este colectivo tendemos la mano al Gobierno Municipal y, especialmente, al nuevo Alcalde, para poner fin a este conflicto que tanto ha costado a todas las partes, y que no es otro que cumpliendo lo resuelto judicialmente.