El Gobierno permitirá rescatar los planes de pensiones a los diez años

Amparo Estrada / Colpisa

ECONOMÍA

La reforma de la previsión social complementaria incluiría la ventana de liquidez que ya existe en las EPSV del País Vasco

02 dic 2013 . Actualizado a las 04:33 h.

La reforma de las pensiones públicas encara su recta final en la tramitación parlamentaria con las últimas enmiendas en el Senado para entrar en vigor el próximo 1 de enero. A partir de su aprobación definitiva, el Gobierno se volcará en modificar la normativa de la previsión social complementaria (PSV) con el objetivo de estimular el ahorro en planes de pensiones y planes de previsión asegurados. En la recámara están aguardando medidas de gran relevancia, que tendrán que ser aprobadas en el Parlamento.

De lo que están más convencidos en el Ministerio de Economía es de la necesidad de abrir «ventanas de liquidez» en la previsión social complementaria, es decir, que se pueda rescatar el dinero ahorrado en el plan de pensiones transcurrido un determinado plazo.

Hasta ahora, el rescate sólo se permite en situaciones de necesidad del beneficiario, como desempleo de larga duración, enfermedad grave, invalidez o riesgo de desahucio. Ahora, el Gobierno proyecta cambiar la norma para que también se pueda disponer de las cantidades aportadas con al menos diez años de antigüedad. Se trataría de llevar al régimen nacional lo que ya ocurre en las EPSV del País Vasco. En una EPSV, el beneficiario puede recuperar el ahorro acumulado, o parte de él, a partir del décimo año desde su constitución sin necesidad de que concurran ninguna de las contingencias previstas de jubilación, fallecimiento, desempleo, invalidez o enfermedad. Naturalmente, en caso de retirar parte del dinero acumulado habría que tributar, como ya ocurre cuando se hace en el momento de la jubilación.

Beneficios fiscales

En la actualidad, los planes de pensiones y otros productos de previsión social gozan del beneficio fiscal del diferimiento tributario.

Cuando se realizan las aportaciones sirven para reducir la base imponible hasta un máximo de 10.000 euros o 12.500 si es mayor de 50 años, siempre con el límite del 30% y 50% respectivamente de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas. Eso representa un ahorro equivalente al tipo marginal del IRPF que tenga cada partícipe. Por ejemplo, 10.000 euros con un tipo marginal del 50% supone no pagar en esa declaración 5.000 euros; si el tipo marginal es del 30%, el beneficio fiscal ese año es de 3.000 euros.

Pero cuando se cobra el dinero tributa en el IRPF. En este apartado, el borrador del estudio sobre el desarrollo de la previsión social complementaria elaborado por la Junta Consultiva de Seguros propone medidas tributarias que favorezcan la elección de prestaciones en forma de rentas vitalicias o a largo plazo y que se revisen los límites fiscales y financieros de aportación. Asimismo, plantea que se permita que el ahorro materializado en inmuebles pueda llevarse a instrumentos de previsión complementaria sin que se penalice fiscalmente esa conversión. Se trataría de ir mucho más allá de la hipoteca inversa (se vende la casa al banco a cambio de una pensión vitalicia), que no ha tenido apenas desarrollo en España por la caída de precios de la vivienda y por la cultura de propiedad instalada en la sociedad.

La Junta Consultiva de Seguros es un organismo donde están representantes del Ministerio de Economía, la patronal del seguro (Unespa), Inverco (fondos de inversión), asociaciones de consumidores y sindicatos. Otra de sus recomendaciones ha sido reducir las comisiones máximas aplicables a los planes de pensiones, lo que ya aprobó el Ministerio de Economía rebajando la comisión máxima de gestión desde el 2% al 1,5% y la comisión máxima de depósito desde el 0,50% al 0,25%.

Uno de los elementos que más va a estimular el ahorro previsión, a juicio de los bancos y aseguradoras, es la carta que recibirán a partir del año que viene todos los trabajadores mayores de 50 años (posteriormente se irá rebajando la edad a la que se empezará a recibir la información) donde la Seguridad Social les informará de cuál será previsiblemente su pensión pública, de mantenerse las mismas condiciones de cotizaciones y demás hasta el momento de la jubilación. La intención es que se envíen entre mayo y julio de 2014 y no supondrán un compromiso de pago sino una orientación sobre la cuantía de la prestación.

El sector privado confía en que cuando los ciudadanos conozcan ese importe se plantearán complementarlo con una pensión privada. La futura ley obligará también a las compañías a informar a sus clientes de fondos y planes de cuánto podrían llegar a recibir. Aunque la Seguridad Social pretendía que todos los cálculos fueran en la misma carta, el rechazo del sector posiblemente llevará a que cada compañía o banco envíe su propia carta

La discusión se centra ahora en decidir con qué rentabilidad se van a calcular los planes privados. Salvo que el contrato especifique una rentabilidad concreta, desde el sector se inclinan por extremar la prudencia y fijar un 3% anual de forma general (2% tomando como referencia para la inflación el objetivo del BCE y 1% de rentabilidad neta).