La letra pequeña de la reforma fiscal grava los despidos y los dividendos

Gabriel Lemos REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

Montoro desgranó durante tres horas los cambios en el sistema tributario.
Montoro desgranó durante tres horas los cambios en el sistema tributario. Sergio Barrenechea < / span>Efe< / span>

Hacienda negociará la parte exenta de la indemnización, que fija en 2.000 euros al año

24 jun 2014 . Actualizado a las 20:49 h.

Tras la presentación parcial del pasado viernes, el Gobierno descorrió ayer el telón de la reforma fiscal y la luz llegó a la letra pequeña del anteproyecto de ley, que empieza ahora un período de exposición pública que durará dos semanas. En julio volverá al Consejo de Ministros y, una vez aprobado, comenzará su tramitación en el Congreso. Estos son los cambios en el sistema tributario que se había reservado hasta ayer el ministro de Hacienda:

Despido

Tributará con carácter general. Como había propuesto el comité de expertos presidido por el catedrático Manuel Lagares, las indemnizaciones por despido improcedente pasarán a tributar con carácter general en el IRPF, aunque fija un mínimo exento de dos mil euros anuales, que no se gravarían. Una barrera que, como explicó ayer el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, está todavía en el aire, ya que la intención del Gobierno es negociarla con los agentes sociales. Ferre justificó el cambio en la necesidad de introducir «equidad» en el tratamiento fiscal de las indemnizaciones y en el «abuso» que a su juicio se producía en la figura del despido improcedente. Para evitar una oleada de salidas antes de que acabe el año, Hacienda anunció ayer que el nuevo régimen fiscal se aplicará con carácter retroactivo a todos los despidos desde el pasado viernes 20, como anunció ayer Ferre y confirmaron después fuentes del ministerio, a pesar de que en el texto del anteproyecto se especifica que el cambio entrará en vigor el día siguiente a la publicación de la ley en el BOE. Continuarán exentos los despidos efectuados dentro de un ERE o los realizados por causas objetivas cuando la indemnización no supere la fijada en el Estatuto de los Trabajadores.

Dividendos

Los 1.500 primeros euros dejan de estar exentos. Una de cal y otra de arena para los inversores. El Gobierno eliminará la exención vigente sobre los 1.500 primeros euros obtenidos en dividendos, pero cambiará también el régimen de plusvalías, de forma que estas tributarán al tipo general del ahorro, con independencia del plazo con el que se hayan generado (en la actualidad, las obtenidas en menos de un año en cartera tributan al tipo marginal del contribuyente, que oscila entre el 24,75 y el 52 %).

Planes de pensiones

La aportación máxima se limita a 8.000 euros al año. Pese a las recomendaciones de Bruselas, Hacienda mantiene el régimen fiscal de los planes de pensiones, aunque limita la aportación máxima que se podrá reducir de la base imponible a 8.000 euros, cuando ahora puede llegar a 12.500 euros en el caso de los mayores de 50 años.

Dación en pago

Perder la vivienda ya no estará penalizado. Hacienda dejará de hacer sangre con los paganos de la crisis. Si hasta ahora la dación en pago se imputaba como ganancia patrimonial en caso de que la deuda que se cancelase fuese superior al precio al que fue adquirida la vivienda, con la nueva norma la operación pasará a estar exenta no solo en el IRPF sino también de plusvalías municipales. En el caso de los preferentistas, como se hizo en NCG a petición del banco, las ganancias patrimoniales que se consigan con las acciones obtenidas tras el canje se podrán compensar con las pérdidas de capital sufridas por la inversión en estos productos tóxicos.

Donativos y aportaciones

Se rebaja al 20 % la deducción por cuotas a partidos políticos. Militar en un partido ya no saldrá gratis. Frente a la reducción íntegra que se permite actualmente, a partir del año que viene las cuotas y aportaciones a partidos políticos solo se podrán deducir en un 20 %, aunque se mantiene el límite en 600 euros. Lo que mejora es el tratamiento fiscal de los donativos a entidades sin ánimo de lucro, como oenegés, cuya deducción pasa del 25 al 30 % y se podrá incrementar en cinco puntos más si la aportación se mantiene durante tres años. Eso para las cantidades que superen los 150 euros, porque hasta ese umbral la deducción será del 75 %. En el caso del impuesto de sociedades se incluyen deducciones para producciones cinematográficas, del 20 % para el primer millón y del 18 % para el resto.

Módulos

Agricultores y ganaderos seguirán dentro. Se rebaja el umbral de exclusión del régimen de estimación objetiva de 450.000 a 150.000 euros de ingresos, 200.000 en el caso de agricultores y ganaderos, que se mantienen dentro de este sistema.

Deportistas

Ya no podrán tributar a tipos reducidos. Los deportistas profesionales ya no podrán beneficiarse del régimen fiscal más ventajoso que se ofrece a los profesionales «impatriados». Si hasta ahora aquellos futbolistas que cobraban menos de 600.000 euros tributaban al tipo mínimo del IRPF (24,75 %), ahora se les aplicará el máximo, el 47 % el año que viene y dos puntos menos a partir del 2016.

Banca

Tributará al 30 % para seguir aplicando créditos fiscales. Aunque el Gobierno lo vendió como un castigo para saldar su deuda con la ciudadanía por el rescate, mantener el tipo de impuesto de sociedades de la banca en el 30 % (frente al 25 % del tipo general) permitirá a las entidades seguir beneficiándose de créditos fiscales que computan como capital.

IVA

Gafas y lentillas se libran de la subida y seguirán al 10 %. Productos como las gafas, las lentillas, las gasas o las prótesis esquivarán la subida del IVA sanitario impuesta por el Tribunal de Justicia de la UE y seguirán tributando a tipo reducido.