La sentencia del Supremo contra las cláusulas suelo deja fuera a miles de hipotecados del Pastor

Rubén Santamarta Vicente
Rubén Santamarta REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

M. MORALEJO

El Popular solo quitará el tope en los contratos que cita el tribunal

09 mar 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Los miles de clientes hipotecados en su día con el Banco Pastor (una entidad hoy integrada en el grupo financiero Popular) tendrán que seguir esperando para que desaparezcan las cláusulas suelo de sus contratos. Una sentencia del Tribunal Supremo de finales de enero obligaba a retirar este tipo de topes en las hipotecas en los contratos firmados con el Banco Popular, algo que ya está haciendo la entidad que preside Ángel Ron y que afecta a unos 101.000 contratos suscritos en toda España, el 10 % del total de la cartera hipotecaria del banco. Pero esa sentencia deja a un lado a los clientes del Pastor al no citar expresamente al grupo bancario en su conjunto, sino a un tipo de contratos determinados.

Eso significa que quedan fuera del fallo judicial las hipotecas de las marcas Oficina Directa, Targo Bank y Banco Pastor. Esto es muy relevante en Galicia porque el Pastor (el Popular, en la práctica) es la segunda entidad con más negocio bancario. Según unas primeras estimaciones, podrían ser alrededor de 10.000 los clientes en Galicia que no se beneficiarán de la supresión de esta controvertida cláusula que impide que un hipotecado pueda beneficiarse de toda la bajada del euríbor porque se le marca un suelo en el interés; habitualmente, entre un 2 y un 2,5?%. Es decir, llegado a un punto, su cuota no baja más, aunque lo haga el euríbor, que ahora está por debajo del 0 %.

Esos 10.000 afectados, aproximadamente, corresponden a contratos firmados antes de la integración efectiva entre Popular y Pastor, que se produjo a mediados del 2012. Porque a partir de entonces las hipotecas ya se suscribieron con el primero.

Consecuencia de la sentencia

Fuentes del banco recordaban el martes que dejar fuera a los del Pastor no es una decisión unilateral del grupo, sino que se extrae de la sentencia del Supremo, que solo obliga a retirar la cláusula en aquellos contratos del Popular que, a juicio del tribunal, pecaban de falta de transparencia. Y sobre esas mismas carencias en otro tipo de hipotecas del grupo no entra, por lo que los servicios jurídicos del Popular entienden que deben quedarse fuera.

¿En qué situación quedan entonces los clientes del Pastor? De momento tendrán que seguir pleiteando. El Popular, motu proprio, no va a retirar ese tope. Porque supondría también admitir lo mismo para el resto de contratos hipotecarios que no han sido cuestionados por el Supremo. Por ejemplo, los que se han firmado con personas jurídicas -empresas-, como aval para otro tipo de contratos (hipotecar la vivienda para obtener un crédito para otras finalidades, por ejemplo), o para otras filiales, como las citadas Oficina Directa o Targo Bank. De esta forma, lo único que les queda a los afectados ahora es esperar a que se acabe en un proceso similar al que ha desembocado en la sentencia del Supremo.

La supresión de esa cláusula para el Popular, en todo caso, no se está haciendo con carácter retroactivo (desde que se firmó la hipoteca, o desde mayo del 2013, como marcó una sentencia previa del Supremo), sino solo desde que se dictó la sentencia.

Así que, o esperar, o contar con que a mediados de este año el Tribunal de Justicia de la UE falle definitivamente contra este tipo de cláusulas de la banca española. Y ojo a lo que pueda determinar este órgano, porque puede conllevar una nulidad completa de esos topes desde el mismo momento en que se firmaron los contratos, por lo que el roto al negocio sería considerable, por la devolución de las cantidades cobradas de más a los clientes.

Ante esa contingencia, los bancos están tratando de blindarse ofreciendo a los usuarios una supresión de la cláusula junto a una compensación económica. Un acuerdo extrajudicial que les blindaría en caso de que caiga una sentencia superior como el del caso que se estudia en Estrasburgo.