Marcos Moure, abogado laboralista, responde a algunas de las dudas que surgen ante una jornada de huelga
13 nov 2012 . Actualizado a las 22:18 h.Un día antes de la huelga general las dudas comienzan a surgir. Marcos Moure, abogado experto en la materia, nos resuelve alguna de esas preguntas que les pueden surgir a un trabajador ante la convocatoria de una huelga general.
1. ¿Qué pasa si un piquete me impide acudir a mi centro de trabajo? ¿Me cuenta como día de huelga?
«En caso de que un piquete pase de ser 'informativo' a ser 'otra cosa' e impida el acceso al trabajo, la actuación debe ser comunicarlo a la policía (denunciarlo) y lo más sensato llamar al trabajo y comunicarle la situación. No cuenta como día de huelga siempre y cuando se pueda demostrar que no se acude a causa de los piquetes, cosa que no debería ser demasiado complicada. La mejor prueba es llamar a la policía y denunciar la situación».
2. ¿Qué pasa si me pongo enfermo?
«Que tienes que tener una baja médica que lo certifique, igual que cualquier otro día».
3. ¿Debe el trabajador aclarar si asiste o no a su puesto de trabajo?
«No, de hecho determinadas actitudes se pueden considerar como de presión por parte del empresario/empleador. Otra cosa, es empresas o trabajos que necesiten si o si ser sustituidos».
4. Si el empresario decide cerrar su empresa por la huelga ¿Cómo afecta al trabajador? ¿Lo cobra?
«Es una decisión del empresario, no tiene nada que ver con el trabajador y por lo tanto sus derechos no se pueden ver afectados (en este caso, el salario)»
5. ¿Cuánto descuentan al salario de un trabajador un día de huelga?
«Lo más fácil y más lógico es dividir el salario bruto mensual (sin bajas ni vacaciones) por los 30 días del mes. Vamos, un día de trabajo. Ojo, si las pagas extra no están prorrateadas y se cobran en pagas a parte, en la siguiente paga extra habrá que descontar la parte proporcional a ese día. Aclarar que los cálculos se hacen sobre el salario bruto y sobre días naturales, no laborales».
6. ¿Pueden los becarios ir a la huelga?
«Si, cualquier trabajador puede ir a la huelga, entre ellos los becarios».
7. ¿Qué tipo de recursos tiene el trabajador ante las posibles represalias de su empresa?
«El derecho a la huelga es un derecho constitucional y los recursos dependerán de las represalias, es decir, cualquier acción que prohíba o sancione dicha actividad será protegida por los tribunales, que a fin de cuentas son los únicos con capacidad de decidir si han existido o no represalias».
8. Si me han nombrado servicios mínimos, ¿pueden cambiarme el horario?
«No, en ningún caso».