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Asturias prohibirá las barras libres de las bodas y fumar en el fútbol

Redacción

ESPAÑA

El nuevo anteproyecto de Ley en el Principado tiene previsto llevar a cabo estas medidas para luchar contra el consumo de estos productos

23 ago 2013 . Actualizado a las 22:04 h.

La Consejería de Sanidad del Principado de Asturias tiene previsto llevar a cabo la Ley Integral en Materia de Drogas cuyo objetivo principal es la reducción de riesgos y daños causados por las drogas gracias a la promoción de medidas de prevención y a la atención integral a los consumidores a través de una oferta de calidad que se centra principalmente en sus intereses, en la búsqueda de una incorporación social efectiva y un trabajo conjunto con la sociedad, y así reducir la promoción, publicidad y venta de alcohol, principalmente entre los jóvenes, para quienes la edad legal de consumo pasa de los 16 a los 18 años, límite vigente en el resto de España.

Aún así desde la Consejería, según informa La Nueva España, han recordado que el anteproyecto que hay sobre la mesa «no se trata de un texto definitivo, sino de una propuesta que permanecerá abierta a la participación de los ciudadanos y los agentes sociales hasta el próximo 16 de septiembre, con el objetivo de obtener el mayor grado de consenso que permita garantizar su futuro cumplimiento».

A través de esta nueva norma se regulara la venta, publicidad, consumo y promoción de bebidas alcohólicas y su control, especialmente sobre los jóvenes, así como también del tabaco.

Por lo tanto, quedaría fuera de la regulación los actos privados como bodas u otras celebraciones ya que según la legislación nacional se prohíbe fumar «en todos los espacios cerrados de uso público o colectivo», entendiendo que «en el ámbito de la hostelería, se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente y plenamente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos".

El problema surgía en esta definición de los espacios cerrados, consideraba que era aquellos lugares que estuviesen cubiertos, pues de esta forma se hacía una interpretación muy restrictiva de los espacios considerados al aire libre, algo que el nuevo anteproyecto quiere resolver definiendo estos lugares como « los espacios con cubierta originados por el retranqueo de fachadas de centros, establecimientos o lugares en los que se prohíba fumar cuando su profundidad sea superior a un metro».

Por otro lado, el anteproyecto también contempla la prohibición de ofrecer bebidas alcohólicas en las barras libres de bodas o fiestas de fin de año así como también las «horas felices» o las ofertas de dos copas al precio de una al considerar que estas tácticas para atraer un mayor número de clientes incitan a los clientes a beber más alcohol y según la Junta General inducen a ingerir bebidas alcohólicas de forma «abusiva e ilimitada»

En este anteproyecto de Ley quedan al margen los espacios de uso deportivo por lo que se regirá por la estatal en la que se permite fumar en aquellos espacios habilitados específicamente por lo que se sobreentiende que, al no producirse esto en ninguno, la zona habilitada será todo el recinto.

La única particularidad que se recoge expresamente en la propuesta autonómica, por asimilación a lo contemplado en ley estatal, se refiere a la mención específica de la prohibición de fumar en las marquesinas cubiertas y con paramentos que sean lugares de espera en el transporte por carretera.