La defensa, la Fiscalía y Hacienda piden que se aplique la doctrina Botín a la infanta
11 ene 2016 . Actualizado a las 22:32 h.El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Baleares, encargado de juzgar a la infanta Cristina y a los otros 17 acusados del caso Nóos, ha admitido como prueba en la vista oral el informe entregado por el fiscal anticorrupción Pedro Horrach para reforzar sus tesis sobre la hermana del rey Felipe VI, así como el aportado por la defensa de ésta.
La Sala ha reanudado el juicio, tras un receso de dos horas, a las 21.30 horas para decidir sobre las nuevas diligencias propuestas por las partes en esta primera jornada y, entre otras, ha declarado pertinente como prueba el dictamen entregado por Horrach y elaborado por la jefa de la Unidad Central de Coordinación en materia de Delitos contra Hacienda, Caridad Gómez, sobre el papel de los socios no administradores de empresas utilizadas para defraudar, como habría sucedido en el caso de la infanta con la sociedad Aizoon.
El informe de Hacienda presentado por el fiscal Horrach avala su tesis jurídica sobre la infanta Cristina y Ana María Tejeiro de que una conducta que no fue considerada infracción administrativa tributaria tampoco puede ser delito. Horrach ha recordado al tribunal que, en un anexo del escrito de acusación de esta causa, pidió el sobreseimiento para Cristina de Borbón y Ana María Tejeiro y una de las alegaciones que formuló fue defender que una conducta inocua en el ámbito administrativo tributario impedía su consideración como hecho punible en el ámbito penal.
Horrach ha insistido en que, cuando lo único que marca la diferencia entre la infracción administrativa y el delito fiscal es el importe de la cuota defraudada, (que debe ser superar los 120.000 euros para ser punible), «no es posible trasladar al proceso penal lo que no está previsto como infracción administrativa en las leyes tributarias». Después de que el juez instructor José Castro no respondiera a dicha alegación en el auto de apertura de juicio oral, Horrach solicitó un informe a la Dirección General de la Agencia Tributaria respecto a los criterios generales de actuación en el ámbito del procedimiento administrativo sancionador en relación a fraudes en el impuesto de sociedades y de IRPF. También consultó sobre la responsabilidad de los socios de las entidades mercantiles que sean objeto de inspección, ejerciesen o no actividades de gestión.
El informe aportado acredita su tesis jurídica y Horrach ha solicitado además que, si el tribunal no acuerda sobreseer la causa para la infanta y Ana María Tejeiro, declare como perito la autora del documento, Caridad Gómez, jefa de la Unidad Central en materia de Coordinación en Delitos contra la Hacienda Pública.
La defensa de la infanta ha presentado como nueva prueba documental un informe económico que rebaja en unos 50.000 euros la posible responsabilidad civil en la que incurriría a título lucrativo si el tribunal condena a su marido, Iñaki Urdangarin. El abogado de la infanta, Jesús Silva, ha justificado dicho informe en el hecho de que si Urdangarin fuera condenado por los delitos de los que está acusado, la infanta sería partícipe a título lucrativo de los delitos, y duda sobre la cuantía estimada por el ministerio público.
El tribunal de la Audiencia de Palma ha acordado un receso de media hora a las 19.20 horas para deliberar acerca de la nueva prueba documental propuesta por las partes en la primera jornada del juicio.
Doctrina Botín
El tribunal resolverá antes del 9 de febrero si aplica la doctrina Botín sobre la infanta y evita de este modo que sea juzgada por los dos delitos fiscales que le atribuye Manos Limpias. Ello no ha impedido, sin embargo, que en esta primera jornada del juicio, celebrada este lunes, se sentase en el banquillo de los acusados.
La sesión ha finalizado a las 22.00 tras más de diez horas, durante las cuales las partes han aportado nuevas pruebas y han dado a conocer sus propuestas. Justo al término de la jornada, la Sala ha informado a las partes de que será antes del 9 de febrero cuando se reanude el juicio con el interrogatorio de los acusados, cuando decida si atiende a la petición de la defensa de la Infanta y la Fiscalía Anticorrupción de que le sea aplicada la anterior doctrina.
La presidenta del tribunal de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca que juzga el caso Nóos, Samantha Romero, ha rechazado la petición de Manos Limpias para que los 18 procesados estén obligados a comparecer en todas las sesiones hasta la finalización del juicio que está prevista para finales del próximo mes de junio.