El Tribunal Superior estima también parte del recurso de la Real Academia Galega contra el decreto de la lengua

Elisa Álvarez González
E. Álvarez SANTIAGO

GALICIA

Anula la consulta vinculante en infantil a los padres y la libertad del alumno para hablar en la lengua oficial que prefiera

29 nov 2012 . Actualizado a las 22:04 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha hecho pública una nueva sentencia contra el decreto del plurilingüismo en la enseñanza y el fallo es similar a los tres ya conocidos. El TSXG estima parte del recurso, al anular la consulta vinculante que la Xunta realiza a los padres en la etapa de infantil para determinar la lengua predominante en el aula, así como la libertad de los alumnos a expresarse por oral y escrito en el idioma cooficial que prefieran. Insiste la sentencia que dejar en manos de los padres la elección de la lengua vulnera la configuración del derecho fundamental a la educación, mientras que el hecho de que el estudiante use el idioma que prefiera contradice también la Lei de Normalización que establece que el gallego es la lengua vehicular con carcácter general en la enseñanza.

El Tribunal desestima el recurso en otras demandas de la Real Academia, como el hecho de que no se haya tenido en cuenta el informe de la institución para elaborar la norma, ya que sostiene que no es suficiente que una de sus atribuciones sea el asesoramiento y consulta, sino que debería constar «o carácter preceptivo de dictame».

Educación ya aseguró respecto a los tres primeros fallos que la consulta a los padres se hará, aunque no sea vinculante. En lo que se refiere a la alegación de la RAG, la Consellería destaca que la sentencia determina que «non se viu conculcado o dereito da RAG a participar no procedemento» ya que fue invitado mediante una carta del presidente de la Xunta.