El ADIF reprocha al juez que exija a sus cargos dotes «adivinatorias»

Pablo González
pablo gonzález REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

Alega en su recurso que las imputaciones son «apresuradas» y no aporta la lista de vocales del consejo a la espera de que la Audiencia decida

17 sep 2013 . Actualizado a las 11:48 h.

El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) presentó ayer el anunciado recurso contra el auto del juez con el que se imputa a cinco responsables de seguridad y se anticipa la imputación de otras 23 personas, entre las que están el actual presidente del ADIF y sus dos antecesores, tres personas que precedieron en el cargo a los técnicos, y los vocales del consejo de administración del gestor ferroviario desde que entró en servicio el tramo Ourense-Santiago. Entre ellos, el presidente de Renfe.

El ADIF ha optado por la Abogacía del Estado para recurrir el auto del 9 de septiembre, al considerar que estas imputaciones se basan en fundamentos «erróneos», pues el juez exige a los cargos y personal del gestor ferroviario «que posean la sobrehumana capacidad predictiva, prácticamente adivinatoria, omnisciente» de prever que se podría producir un caso de imprudencia profesional como el que provocó la muerte de 79 personas en Angrois.

El abogado del Estado interpreta que el juez atribuye a estas personas «una especie de capacidad visionaria que les hubiera permitido representarse y prever la posibilidad de que existiera un comportamiento imprudente [...] de naturaleza tan grave como la del presente caso». Pero la defensa del ADIF alega en su recurso de apelación que eso «no es posible». Y no lo es porque, según la doctrina del Tribunal Supremo, no se puede apreciar una conducta negligente «en quien se ha comportado en todo momento dentro de lo permitido por el ordenamiento jurídico».

En el recurso se argumenta que la línea se construyó de acuerdo con la normativa, con dos sistemas de seguridad -el ASFA y el ERTMS- que son «válidos» y están «autorizados» y que, a pesar de sus características diferentes, en ninguno de ellos «se puede prescindir del elemento humano». «Afirmar que el sistema ASFA no es suficiente garantía para la seguridad [...] supondría de hecho el cierre inmediato de los 12.000 kilómetros de red (del total de más de 15.000) que no están equipados con sistemas de supervisión constante de la velocidad», añaden.

Tras veinte meses de explotación de la línea y el paso de 7.000 trenes, ningún profesional apreció riesgo alguno en ese tramo de la vía, recuerdan. Una vez autorizada la señalización, y no produciéndose incidentes o accidentes, la normativa no prevé «ninguna actuación adicional», por lo que no es «jurídicamente posible atribuirles la infracción del deber de cuidado que exige el delito imprudente».

Para el abogado del Estado, existe una imprudencia profesional central -la del maquinista- «y cualquier otra posible, pretendida, hipotética concausa, fundada en conjeturas, es ineficiente por sí sola para producir el siniestro».

«Lego» en materia ferroviaria

También ve llamativo que el órgano jurisdiccional, «lego en materia de seguridad ferroviaria», atribuya una supuesta falta de medidas de seguridad sin esperar al resultado del dictamen pericial que ya ha encargado. «¿Tiene el juez de instrucción conocimientos técnicos suficientes en esta compleja materia para asegurar que existe la falta de previsión de los órganos competentes en materia de seguridad por no haber establecido el sistema de protección ERTMS en esta vía?», se pregunta.

En el recurso se explica que ni los presidentes del consejo ni sus vocales pueden considerarse garantes mediatos de la seguridad en la vía, pues delegaron sus competencias en los técnicos capacitados. El ADIF no procederá a su identificación, como ordenó el juez, hasta que la Audiencia Provincial de A Coruña -órgano al que apelan directamente- decida sobre el recurso, por el «innecesario perjuicio a su intimidad» que provocaría una causa con gran «repercusión mediática».