El tribunal absuelve a los tres acusados de los delitos más graves, cuestiona las informes periciales para probar los cargos y apunta a responsables ajenos a la causa del «Prestige». Solo se abonarán 151 millones de los 4.328 que había calculado el fiscal. Toda la información sobre la sentencia, aquí
14 nov 2013 . Actualizado a las 13:54 h.¿Es posible conocer la verdad? ¿Se puede dilucidar qué pasó realmente con el Prestige cuando el objeto de la investigación descansa en medio del océano a 4.000 metros de profundidad? ¿Las grandes expectativas deben necesariamente traer grandes condenas, o simplemente valorar los hechos probados con mesura y equilibrio? Muchas preguntas surgieron ayer tras la lectura de la sentencia del Prestige, en la sala noble del Tribunal Superior de Xustiza, en A Coruña, y muchas otras se dejaron atrás en la larga marcha de diez años de instrucción y ocho meses de macroproceso. Pero quizás la frustración sea no poder responderlas, y si no pueden responderse, las acusaciones contra los dos principales acusados, el capitán Apostolos Mangouras y el ex director general de la Marina Mercante, José Luis López Sors, se quedan sin sustento. Y qué decir del jefe de máquinas, Nikolaos Argyropoulos, libre desde ayer de toda culpa. Quizás nunca debió sentarse en el banquillo de los acusados, pues ni siquiera la Fiscalía le pedía cuentas.
El macroproceso, la causa estelar e histórica terminó ayer con una microcondena explicada en 283 folios: nueve meses de cárcel para Mangouras por desobediencia grave, por negarse a tomar remolque a las seis de la tarde del 13 de noviembre del 2002, cuando todavía había luz para hacerlo. Un delito menor que no conlleva responsabilidad civil y que deja sin pagador la controvertida y astronómica reclamación de la Fiscalía: 4.328 millones de euros. El Estado español tampoco pagará más de lo que ya ha desembolsado, unos 1.000 millones de euros.
El tribunal no ha encontrado consenso técnico sobre las dos controversias fundamentales del caso Prestige, en las que se basaban las acusaciones más graves -los delitos medioambientales- contra Mangouras, y López Sors. Ni el fallo estructural en las entrañas del buque ni la decisión de alejar el petrolero han tenido respuestas unánimes o solventes por parte de los peritos -los informes fueron «imprecisos», se alega en la sentencia-, ni se han probado las bases que sustentaban las peticiones de penas ni por tanto la responsabilidad civil, el pago de los daños. Cuando algo no se acredita, previene la sentencia, «carece de toda relevancia probatoria en un juicio penal».
El fallo estructural
El ponente de la sentencia, Juan Luis Pía, admitió que a día de hoy no puede determinarse con exactitud cómo se produjo el fallo estructural en el petrolero, pero apunta a los técnicos de la empresa clasificadora, ABS, como responsables de unas inspecciones deficientes que no pudieron detectar la fragilidad del petrolero, pues sus análisis «no se realizaron con la debida profesionalidad». La sociedad de clasificación fue demandada por el Reino de España en Estados Unidos para lograr una indemnización de 1.000 millones de dólares, una acción civil que fue finalmente desestimada en enero del 2008. Nunca interesó implicarla en el proceso español, salvo un intento de Pedro Trepat, el letrado de Nunca Máis.
Pero la cuestión es si Mangouras, el único responsable del entorno del armador con influencia sobre el destino del Prestige, conocía el deficiente estado de petrolero y aún así se embarcó en una travesía transoceánica que pudiera calificarse como imprudente. Sobre este punto, el tribunal estima que Mangouras no puede ser condenado por unas «deficiencias de mantenimiento y control de la conservación del buque que no respondían a vicios que pudieran observarse directamente, sino que dependían de análisis técnicos complejos» que ABS no realizó. «No se demostró -añade la sentencia- que los acusados quisieran hundir el buque, ni que conocieran las deficiencias estructurales ni las causas de estas». La posible imputación de Mangouras y Argyropoulos se reduciría a que fueron imprudentes por arriesgarse a navegar en un buque inseguro, pero para el tribunal esta acusación es «imposible» de sostener, «porque nadie ha demostrado que conociesen el estado real del petrolero».
El alejamiento
Los magistrados de la sala -el ponente Juan Luis Pía Iglesias, Salvador Sanz Crego y María Dolores Fernández Galiño- asumen colegiadamente que la decisión de alejar el Prestige aumentó la extensión del vertido, pero redujo la intensidad de la afectación y permitió recoger fuel en el mar. La reacción de evitar que el buque embarrancase en la costa de Muxía fue «correcta», al igual que el asesoramiento técnico con el que contó el entonces director de la Marina Mercante, uno de los aspectos que más cuestionó la acusación popular de Nunca Máis.
Los magistrados inciden en que, mientras es evidente el resultado del alejamiento en la lucha contra la marea negra, «no está muy claro el alcance del perjuicio» si se hubiera adoptado la decisión de refugiar el barco, «algo que propugnan los acusadores y no pocos técnicos». La alternativa de refugiar el Prestige en zonas como la ensenada de Corcubión les parece «aparentemente respetable y eficaz», si no fuera porque nadie «dijo hasta ahora cuál hubiera sido la decisión correcta a adoptar ni el protocolo a seguir en el supuesto no desdeñable de que se repitiesen hechos similares; ni aún ahora, después de una dilatada instrucción y de un largo y árido juicio», se asegura en la sentencia.
En una situación de emergencia, abunda el fallo, «se tomó una decisión discutible, pero parcialmente eficaz, enteramente lógica y claramente prudente». Y ello a pesar de que se admite que en el propio seno de Marina Mercante había funcionarios -una «minoría»- que discreparon y aún discrepan hoy de esta alternativa. Destacan que los testigos que declararon en el juicio sobre este asunto se contradijeron «frontalmente», «sin que muchos de ellos expliquen o fundamenten sus opiniones». Pero nadie durante la emergencia sostuvo la alternativa de refugio del Prestige en Corcubión, «la única aceptable» una vez descartadas Vigo y A Coruña «por razones técnicas y ambientales». Las posibilidades de hundimiento del Prestige eran «casi absolutas» y el alejamiento era la única alternativa «salvo que se asumiese el riesgo de una catástrofe inminente y grave» que aún así ocurrió. López Sors orientó su gestión «a salvar vidas humanas» y a proteger la costa «en la medida de lo posible», por lo que su conducta «no merece reproche penal alguno». «No se impuso un rumbo suicida, sino un alejamiento dentro de un margen de seguridad aceptable», concluyen.
La política
El tribunal no esquiva la gestión política del accidente del Prestige. Considera que el alejamiento es una decisión que puede ser valorada políticamente, como se hizo en su día. El entonces delegado del Gobierno, Arsenio Fernández de Mesa, desempeñó una tarea de coordinación difusa y confusa, tanto en la constitución de un organismo que rigiese las operaciones como en la facilitación de estructuras burocráticas y de atención a personas que pudieran informar a las autoridades y auxiliar al buque», se asegura en los hechos probados de la sentencia. La gestión administrativa tuvo fallos y la definen como «heterodoxa»
El fallo también incide en que, aunque la decisión de alejar el Prestige, fue asumida «en exclusiva» por López Sors, «resulta poco convincente que esa responsabilidad no dependiese directamente de otras autoridades», en velada referencia al entonces ministro de Fomento, Francisco Álvarez-Cascos.
La microcondena
Finalmente, el largo proceso se salda con una condena menor de nueve meses de cárcel para Mangouras por desobediencia grave, al negarse a tomar remolque cuando se lo ordenaron las autoridades españolas. Obviamente, con 78 años y sin antecedentes, no irá a prisión.