Apesar que tanto el Código Civil como la jurisprudencia recogen meridianamente claro que el padre es una figura tan importante como la madre a la hora de convivir con sus hijos, en ocasiones nos encontramos con resoluciones como la que hoy nos trata. Una jueza de Monforte deja a un divorciado sin visitas de su hija contra el criterio del Ministerio Fiscal. Cierto es que el artículo 159 reconoce que los hijos mayores de 12 años serán preceptivamente escuchados, pero también es igual de cierto que el denominado síndrome de alienación parental (manipulación de un menor por parte de un progenitor para poner al niño en contra del otro) se da con excesiva frecuencia en casos de divorcio. Es de resaltar que en este procedimiento en cuestión el fiscal dictaminó en contra de medida tan restrictiva, por lo que siendo el ministerio público el defensor de los intereses del menor, la situación resulta más extraña todavía. Huele a resolución de antaño. De aquellas en que el padre entraba en los juzgados de familia exclusivamente a observar de qué lado le llegaban las bofetadas, y en las que sin decirlo se insinuaba que protestara lo menos posible, pues los hijos eran patrimonio exclusivo de las mamás y que el padre, en su día, se había limitado a fecundar a la madre, lo que cotizaba a la baja a la hora de reclamar derechos. Afortunadamente las cosas han cambiado, y hoy la inmensa mayoría de los jueces son partidarios de la custodia compartida. Apunto que la inmensa mayoría dado que visto lo visto todos no lo son. No le queda otra al papá prescindible que acudir a la Audiencia Provincial. Allí, con total seguridad, le devolverán lo que le corresponde.