El caso se archivó al no haber relación entre los accidentes y el mantenimiento de la carretera
12 abr 2015 . Actualizado a las 05:00 h.Empieza en A Coruña y termina en O Porriño. Es la alternativa a la AP-9, a la que acompaña en el trazado. Atraviesa zonas pobladas, tiene cruces, peatones, ciclistas, actividad comercial en sus márgenes, curvas, cambios de rasante. Es la N-550, una carretera que forma parte de la red estatal y que soporta una elevada intensidad circulatoria, con gran presencia de camiones y con un estado de conservación deficitario en muchas zonas. Su mantenimiento ha sido puesto en tela de juicio en más de una ocasión, pero nunca tanto como cuando el fiscal de Seguridad Vial de Galicia, Carlos Gil, decidió abrir el año pasado unas diligencias informativas para investigar si los responsables de su construcción, mantenimiento y señalización cumplieron con sus compromisos y si «crearon un ilícito riesgo para la seguridad vial en la carretera» que se traduciría «en un incremento sustancial e inmediato de las probabilidades de que se produzcan accidentes».
Las diligencias abiertas por el fiscal se referían a un solo tramo de esta carretera, al comprendido entre los kilómetros 85,6 y el 90,2, en el municipio pontevedrés de Valga. Entre esos puntos se produjeron 34 accidentes con víctimas entre los años 2009 y 2014. Solo cuatro de esos siniestros coincidieron en un mismo punto kilométrico (86,9). Y en ese período hubo cuatro accidentes mortales, pero cada uno en un punto diferente.
El fiscal pidió informes a la Guardia Civil de Tráfico sobre las causas de los accidentes. En ninguno tuvo incidencia el estado de la carretera. Los atestados atribuyeron los accidentes a velocidad inadecuada, a distracciones de los conductores, a falta de atención, a maniobras incorrectas de marcha atrás, a colisión por no frenar a tiempo cuando un coche iba a girar, a quedarse dormidos los conductores (en dos casos), a giros antirreglamentarios, a no respetar la prioridad en un cruce, a invadir un peatón la calzada por un lugar no habilitado, a la irrupción de dos perros en la carretera, y, en un caso, a la conducción bajo los efectos del alcohol.
Por todo ello, el fiscal archivó las diligencias porque «no puede establecerse como causa determinante, ni siquiera coadyuvante» en la causa de los accidentes investigados «las circunstancias concurrentes en la vía o la falta de mantenimiento» de la carretera .