Reconocen que defraudaron 2,7 millones de euros a Hacienda en la venta de aguardiente

p. s. OURENSE / LA VOZ

GALICIA

La condena, de hecho, incorpora una multa de 2,69 millones de euros, cuyo pago puede resultar determinante para que queden eximidos de la pena de prisión

24 sep 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Un fraude a Hacienda, al amparo de la norma de impuestos especiales sobre alcoholes, ha dado lugar a penas que suman año y medio de prisión para cada uno de los dos imputados, una pareja que fue titular de una empresa radicada inicialmente en Allariz y posteriormente trasladada al polígono industrial de San Cibrao y también vendida.

Los acusados, Diego V. P. y Consuelo G. R., que durante la instrucción del caso mantuvieron en todo momento que habían sido utilizados por otro empresario de origen portugués, aceptaron la condena, con el fin de evitar el ingreso efectivo en prisión. Esperan que la jueza de lo Penal 1 de Ourense acepte la suspensión de la ejecución de sentencia, al ser una pena inferior a dos años de cárcel, aunque esa posibilidad no la tienen garantizada expresamente en la sentencia.

La condena, de hecho, incorpora una multa de 2,69 millones de euros, cuyo pago puede resultar determinante para ese beneficio. Esa es la cantidad que corresponde a la suma de las cuotas defraudadas en los años 2003 y 2005, en los casos documentados por la Agencia Tributaria.

El hecho de que las diligencias penales se abrieran en el año 2008, a partir de una denuncia de la AEAT, sin que se haya llegado a la fase definitiva de juicio hasta ahora, pese a que la acusación del ministerio público es del 2012, llevó a que la fiscalía aceptara las dilaciones indebidas como circunstancia atenuante.

Se vincula este caso con los movimientos de alcohol por las empresas, al amparo de su legislación especial y del denominado «régimen suspensivo» que permite retrasar el pago efectivo de impuestos hasta el momento en el que el destinatario último del alcohol lo comercializa. Según el escrito de la fiscalía al cual prestaron conformidad los acusados, la empresa Terra Celta S. L. recibía el alcohol en régimen suspensivo, con lo que no estaba obligada a hacer frente al impuesto en ese primer instante. Luego vendían a otros destinos -no acreditados- a un precio más bajo al de mercado, pues la receptora no pagaba impuestos.

Para justificar esas salidas de alcohol, sin embargo, aportaron documentos falsos -con sellos simulados de Aduanas de Barcelona- de supuestas entregas a empresas obligadas a hacer frente al impuesto especial, alguna de ellas en el extranjero, con lo cual el traslado permite mantener el régimen suspensivo. El beneficio de esta mecánica estaba en el dinero obtenido al no desembolsar la parte correspondiente a impuestos del alcohol, que son especialmente gravosos.

El primero de los envíos de esta causa, del año 2003, era de 318.481 litros, cuya desaparición, en vez de haber llegado al destino confesado, originó una cuota defraudada de 2,35 millones de euros. El segundo, del verano del 2005, situó 45.113 litros en una firma catalana, nunca entregados, con una cuota defraudada de 340.502 euros.

La petición inicial de cárcel era de siete años y medio para cada uno de los imputados

Se ha cerrado este caso, multas aparte, con penas de seis meses por cada uno de los dos delitos contra la Hacienda Pública, con otros seis meses más por falsedad documental. La petición inicial era, para cada uno de los dos acusados, de dos años y seis meses por cada delito fiscal, con otros dos años y seis meses más por falsedad. Los acusados, que aceptaron la condena para alejar la perspectiva de un ingreso en prisión, penosa por el delicado estado de salud en el que se encuentra uno de ellos, mantuvieron durante la instrucción que habían sido utilizados por un empresario luso, habiendo actuado ellos como meros intermediarios.