La jueza rechaza los recursos del fiscal y de Baltar, y suma el acoso sexual pedido por la denunciante

La Voz OURENSE

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MIGUEL VILLAR

La decisión refuerza la base para que la causa siga adelante en el supuesto de que la Fiscalía no acuse y Democracia Ourensana acabe retirándose, como hizo en algún caso

24 feb 2016 . Actualizado a las 19:11 h.

El viaje programado por José Manuel Baltar y su familia a Eurodisney no le ha servido para que la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Ourense, Eva Armesto, aceptara el aplazamiento de su declaración como investigado por los delitos de cohecho, tráfico de influencias y acoso sexual. La magistrada, que rechaza las alegaciones del propio Baltar y de la Fiscalía, que buscaban el archivo, acepta que a la denunciante se la cite en calidad de investigada por cohecho y tráfico de influencias, y también como perjudicada, lo cual significa que añade la vía del acoso sexual. La decisión es relevante, en la medida en que refuerza la base para que la causa siga adelante -al poder ejercer ella la acusación particular por acoso- en el supuesto de que la Fiscalía no acuse y Democracia Ourensana -personada como acusación popular- acabe retirándose, como hizo en algún caso.

La jueza hace notar que de las conversaciones grabadas «resulta que el imputado solicita o, al menos, acepta de T. F. C. un favor de naturaleza sexual» para nombrarla para un empleo público, para lo que «se comprometía a hacer lo posible». Para la consumación del cohecho no es necesario que los actos lleguen a ejecutarse, dice en el auto.

Resume la jueza que el cohecho y tráfico de influencias exigen «conducta punible del particular (T. F. C.) que entrega retribución (o favor de naturaleza sexual) a autoridad o funcionario público (José Manuel) para realizar un acto contrario a los deberes de su cargo (nombramiento prescindiendo de las disposiciones legales que los regulan) o en consideración a su función o del particular (T. F. C.), que influye en funcionario o autoridad prevaliéndose de una situación derivada de su relación con este para conseguir una resolución que pueda generar un beneficio económico (un trabajo retribuido)».

Denunciante y denunciado están citados el 10 de marzo.