Francia podrá encausar a la firma que revisó el «Prestige» y que España demandó en EE.UU.

Pablo González
pablo gonzález REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

JOSE MANUEL CASAL.

El Tribunal de Apelación niega a ABS la inmunidad soberana, pues fue su actividad privada y no pública en relación con las revisiones del petrolero la que está siendo cuestionada

08 abr 2017 . Actualizado a las 09:27 h.

Después de la sentencia del Tribunal Supremo por el caso Prestige, en plena fase de ejecución de las responsabilidades civiles con un posible pleito contra la aseguradora en Londres, la Justicia francesa ha deparado una nueva sorpresa a este caso que parece no tener fin. El Tribunal de Apelación de Burdeos ha dado la razón al Gobierno francés en su recurso y permitirá seguir el procedimiento civil contra la empresa estadounidense ABS, la clasificadora que dio el visto bueno técnico al Prestige y que España demandó sin éxito en Estados Unidos gastando más de 25 millones de euros en abogados y peritos.

Francia, sin moverse de su jurisdicción, ha logrado que los magistrados del tribunal reviertan el proceso, que entró en vía muerta cuando el juzgado de primera instancia de Burdeos cerró el caso al considerar que ABS tenía derecho a la inmunidad soberana, un salvoconducto jurídico del derecho internacional que impide juzgar acciones de un Estado en otra jurisdicción. La sociedad de clasificación había alegado que sus revisiones al petrolero hundido frente a Fisterra el 13 de noviembre del 2002 estaban enmarcadas en el proceso de certificación del buque por parte del país de abanderamiento, Bahamas. Sería por tanto una actividad protegida por la soberanía de ese Estado, pues actuaba bajo las órdenes del Gobierno de Bahamas, que delegaba en la clasificadora la revisión de los buques con su bandera.

Actividad privada

El Gobierno francés alegó que la razón por la que demandó a ABS no está relacionada con la actividad de certificación que realiza para Bahamas, sino con la actitud «negligente» con la que llevó a cabo las visitas técnicas y las inspecciones periódicas al Prestige, relacionadas con un contrato privado entre el propietario del petrolero y la compañía estadounidense.

Los magistrados del tribunal de Burdeos recogieron estos argumentos de los abogados del Estado francés y decidieron dejar sin efecto la decisión del juzgado de primera instancia, al considerar que ABS no tiene derecho a beneficiarse de la inmunidad soberana, pues fue su actividad privada y no pública en relación con las revisiones del petrolero la que está siendo cuestionada por el demandante.

El caso vuelve por tanto a primera instancia, donde Francia intentará llevar a juicio a la clasificadora, que puede recurrir. El Fidac, la organización internacional que compensa por los vertidos, observa con atención este procedimiento para ver si también demanda a ABS en la jurisdicción gala. Entre sus deberes como organización figura el objetivo de recuperar vía pleitos civiles lo que desembolsa en compensaciones.