La reforma de la ley de «copyright», que se debatirá la semana que viene en el Parlamento Europeo, amenaza directamente a este tipo de montajes
08 mar 2017 . Actualizado a las 07:34 h.A principios de noviembre, el PP registró una proposición no de ley que encendió todas las alarmas: en ella se planteaba reformar la norma que protege el honor, la intimidad y la imagen. ¿El objetivo? Adaptarla a la realidad social y al desarrollo tecnológico. Los internautas se echaron las manos a la cabeza. ¿De qué estaban hablando exactamente los populares? ¿Estaban sugiriendo prohibir los memes? El pánico cundió rápido entre tuiteros y fueron más que menos los que dieron por hecho que Mariano Rajoy pretendía censurar todo montaje que atentase contra el prójimo o que, simplemente, le sacase punta a la polémica de turno. Desde la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) manifestaron su profunda preocupación ante una posible revisión de la ley, que consideraron tanto «innecesaria» como «una amenaza a la libertad de expresión». Algunos expertos le quitaron hierro al asunto, recordando la generalidad de los principios de la norma, aplicables también al mundo online. Y los usuarios de las redes, aterrados frente al posible veto, se lanzaron compulsivamente al meme. Para desahogarse. Por lo que pudiese pasar.
Aunque de momento el meme sigue tranquilamente conviviendo con el gift y el vídeo en el ecosistema digital, su buena vida podría tener los días contados. La reforma de la ley de copyright, que se debatirá la semana que viene en el Parlamento Europeo, amenaza directamente a este tipo de montajes, pero esta vez por su condición de infractores más que por su capacidad para violar la intimidad y el honor. ¿Infractores de qué? De los derechos de imagen.
Las principales organizaciones internacionales de derechos digitales, entre las que se encuentra la española Xnet, lanzaron este martes una campaña de denuncia contra la reforma, alertando de la llegada de lo que consideran «una inmensa máquina de censura». Advierten de que la Unión Europea plantea «colocar a las grandes empresas de Internet como jueces y policías de la Red». «Lejos de actualizar la ley a las nuevas maneras de comunicarnos y compartir información, se limita a conceder los deseos de los grandes lobbies, ansiosos por poner coto a Internet», consideran. La organización asegura que en base al Artículo 13 de la nueva norma, las grandes empresas podrían recurrir al filtrado automático «borrando de un plumazo todas las excepciones al copyright existentes» sin poder evaluar al detalle cada uno de los casos. «Nuestro derecho a la cita, a la parodia, con fines educativos, por interés público y demás formas de libertad de expresión totalmente legales no podrán ser evaluadas como tal por este sistema», añaden.
A lo que se refieren estas organizaciones es a la posibilidad de que la nueva norma obligue a los prestadores de servicios -operadores de telecomunicaciones, proveedores, portales o motores de búsqueda- a adoptar medidas efectivas para acabar con estos contenidos, sistemas específicos como algoritmos. «Una vez desarrolladas estas tecnologías, existe un gran peligro de que los gobiernos decidan emplearlas, también, para filtrar otros tipos de informaciones, como por ejemplo, suprimir contenidos LGBTI en los países donde se persigue la homosexualidad, eliminar discursos contrarios al régimen político establecido y suprimir sátiras de personajes públicos o políticos», apuntan.
Pero ¿son legales o no son legales los memes? En primer lugar, la Constitución Española reconoce en su artículo 20 el derecho fundamental a la libertad de expresión que permite a cualquier ciudadano manifestar sus pensamientos, ideas y opiniones. Sin embargo, tal y como aclara el mismo artículo, este derecho tiene «su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia». Este reconocimiento que tiene el ser humano, que le protege de todo aquello que vulnere su dignidad y su ámbito más personal, es flexible, según la Ley de 1982, la que quiere actualizar el PP. Los límites se desdibujan cuando hablamos de personas públicas, constantemente expuestas. Su privacidad será, en estos casos, más limitada.
En segundo lugar, los memes entran en un terreno pantanoso en cuanto a la Ley de Propiedad Intelectual se refiere. Se recurre en estos montajes, principalmente humorísticos, a fotografías, vídeos o ilustraciones que nadie sabe nunca de dónde provienen ni quién es su autor. No resultará un problema, siempre y cuando la parodia no implique riesgo de confusión con la obra original. Además, según la actual norma, se puede utilizar una «mera fotografía» -meras representaciones de la realidad, las que no alcanzan el nivel de obra- siempre y cuando hayan pasando 25 años desde el momento en el que fueron tomadas. Las imágenes artísticas, por su parte, pasan a dominio público 70 años después de la muerte del autor, o 80 años si este falleció antes del 7 de diciembre de 1987.
¿Y si queremos usar una fotografía que encontramos en Internet? Para hacerlo libremente, tiene que estar en dominio público (ya vencidos sus plazos de protección). Si no es así, debemos gestionar el pago de sus derechos o recurrir a las imágenes que cuenten con una licencia Creative Commons, un sistema flexible que permite al autor autorizar ciertos usos. Estos permisos determinan los fines a los que se pueden destinar las obras, la posibilidad de transformarlas y los aspectos formales en su divulgación.