Estudios de detalle: la tira de cuerda

Jaime Concheiro TRIBUNA JURISTA

OPINIÓN

16 sep 2012 . Actualizado a las 06:00 h.

El principio de autonomía municipal encuentra su reflejo fundamental en la elaboración de los planes generales de ordenación, en los que se plasma el modelo de ciudad que se estima más adecuado a las características del territorio que pretenden ordenar. Sin embargo, por razones diversas se hace preciso la existencia de otros planes, a saber: planes parciales, planes especiales y con carácter potestativo pueden existir también los estudios de detalle.

La figura de los estudios de detalle fue introducida por la Ley del Suelo de 1975, como última pieza del sistema de planeamiento cuya finalidad consiste en completar los planes generales para suelo urbano y normas complementarias, así como las subsidiarias. Una importante sentencia del Tribunal Supremo los ha calificado de «humilde pieza complementaria» porque tienen restringida su finalidad a fijar alineaciones y rasantes y a ordenar volúmenes, es decir, simple adaptación y cumplimiento urbanístico, pero sin alterar las determinaciones del plan.

Lo cierto es que para evitar la nulidad de una licencia provocada por la ausencia de un estudio de detalle existe una figura muy poco conocida, denominada tira de cuerda, que consiste fundamentalmente en la posibilidad, reconocida jurisprudencialmente, en ausencia de norma alguna, de suplir la carencia del estudio de detalle por una práctica de los técnicos municipales consistente en realizar un simulacro, en el ámbito concreto de que se trate, de las tareas que hubieren necesitado practicar para elaborar un estudio de detalle. La denominación se basa en que la alineación es un procedimiento geométrico y arquitectónico -tirar cuerdas- para delimitar el suelo dividiéndolo en dos partes: la superficie destinada a ser edificable y la que ha de serlo a otras finalidades, como es el caso de los viales.

Por medio de un alineamiento, de una fijación de líneas, generalmente rectas, sobre superficies, se señalan los espacios edificables: los comprendidos dentro de las líneas trazadas. Los que se encuentran fuera de ellas no son edificables. El conjunto total de alineaciones forma un plano que expresa la situación actual de las calles y plazas y la configuración que han de tener las que se construyan en el futuro. En función de la anchura de las calles se puede calcular la altura de los edificios y hasta el número de pisos. Además de estas alineaciones exteriores, límite de las edificaciones con las vías públicas, hay otra alineación interna consistente en delimitar dentro de una edificación las partes de la misma que no se puede construir, como los patios interiores.

La alineación es, por tanto, un procedimiento técnico que establece un orden arquitectónico, la manera de estar colocadas las edificaciones y las vías públicas en el espacio disponible. Las ordenanzas municipales son las que regulan este procedimiento.

Dentro de nuestra comunidad conocemos un supuesto importante en esta materia que se podría haber evitado con este simple procedimiento, el que afecta a la Asociación de Vecinos de Lodeiro (Viveiro), donde se hallan pendientes de la ejecución de una sentencia firme de demolición de 126 viviendas precisamente por la carencia de un estudio de detalle.

Con este sistema podemos llevar a la realidad lo que dice aquella frase que habla de hacer de la necesidad virtud (aunque esta palabra resulte chocante hablando de urbanismo, donde la virtud parece una ironía).