Y el daño a López Aguilar, ¿quién lo repara?

Roberto Blanco Valdés
Roberto L. Blanco Valdés EL OJO PÚBLICO

OPINIÓN

24 jul 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Hay un artículo del Código Civil, el 1.902, que todos los licenciados en Derecho podemos recitar de carrerilla, aun años después de habernos licenciado. Su texto, breve y preciso, expresa un principio de justicia que cualquiera entiende a la primera: «El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado».

Ocurre, sin embargo, que de ese principio, de aplicación universal, está, de hecho, excluido un grupo de personas -los jueces y magistrados- que, aunque sujetos legalmente a responsabilidad civil, penal y disciplinaria por su actuación profesional, rara vez reparan el daño que, con su gran poder, pueden llegar a causar por culpa o negligencia. Es verdad que la exigencia de esa responsabilidad topa en la práctica con un principio esencial de la función jurisdiccional -el de la independencia judicial-, pero lo es también que en muchas más ocasiones de las que resulta razonable tal independencia acaba convirtiéndose en una auténtica patente de corso para causar un daño que resulta luego irreparable. El caso de Juan Fernando López Aguilar, entre otros muchos, lo prueba de forma tan evidente como trágica.

Como es sabido por millones de personas, una jueza de Las Palmas abrió contra él diligencias judiciales por presuntos malos tratos a su esposa. La jueza, en una actuación que pronto se demostraría, por muy precipitada, imprudente hasta el extremo, elevó tales diligencias al Tribunal Supremo, quien se las devolvió, en un primer auto, muy crítico con su forma de actuar. Pero la jueza, no contenta con haber puesto en la picota a un ciudadano con derechos sin haber apurado y depurado la investigación en su contra, elevó de nuevo sus actuaciones al Supremo, que en un segundo auto, y con el parecer favorable del fiscal, decidió archivar el caso. Fin de la historia.

¿Fin de la historia? Ni de lejos, porque ese archivo, aunque contundente, elimina solo en parte el gravísimo daño que, sin razón, como se ha demostrado finalmente, se le ha causado al actual eurodiputado del PSOE y ex ministro de Justicia, persona de trayectoria profesional y política impecable. ¿Quién reparará ahora los destrozos originados por la pena de banquillo a la que López Aguilar ha estado sometido varios meses?

En al acto de apertura de los tribunales de 1872, Don Eugenio Montero Ríos, gran político y jurista nacido en Compostela, decía a los jueces, en su condición de ministro de Justicia: «Sois inamovibles. Pero entendedlo bien, sois inamovibles en vuestro cargo, porque sois responsables de vuestros actos». Esa, la de la responsabilidad, era en 1872, y sigue siéndolo 143 años después, una de las principales asignaturas pendientes de la Justicia española. A pesar de lo que reza, con indiscutible sensatez, el artículo 1.902 del Código Civil.