La Audiencia Provincial confirma la sentencia que inhabilita al expresidente de la Diputación ourensana por 104 contrataciones ilegales: «Daba el nombre y el puesto»
13 mar 2015 . Actualizado a las 05:00 h.«No cabe interponer recurso alguno». Con esa frase, escrita en mayúsculas, termina la sentencia notificada ayer por la Audiencia Provincial, que condena en firme al expresidente de la Diputación ourensana, José Luis Baltar Pumar (Esgos, 1940), a nueve años de inhabilitación. Se confirma así el fallo dictado por un juzgado penal de Ourense, que había considerado al exbarón popular culpable de enchufar en la institución que presidía a 104 personas en el año 2010.
«En ninguna de esas contrataciones se produjo fiscalización previa, real oferta de empleo ni la más mínima selección objetiva; sin acreditación de motivación de la excepcionalidad de acudir (máxime para la cobertura de nada menos que 104 plazas) al procedimiento singular de urgencia», dice la sentencia, que alude a que ese sistema de contratación estaba regulado en la propia ordenanza de personal de la Diputación ourensana. «Su literalidad -concluye la Audiencia Provincial- deja muy poco margen de duda».
Las normativas internas de la institución obligaban a que esas plazas fuesen publicitadas para que cualquier ciudadano pudiese optar a ellas, pero el gobierno presidido por José Luis Baltar no lo hizo. Y ello, pese a que sabía que debía hacerlo, ya que la ordenanza sí había sido aplicada correctamente en otras ocasiones. «La propia declaración en juicio del acusado [...] evidencia la consciente y deliberada omisión de la publicidad exigible en los procesos de contratación enjuiciados», dice la Audiencia Provincial, que hace especial hincapié en que este proceder «provoca comprensible quebranto de los principios de igualdad, mérito y capacidad» en el acceso al empleo público que derivan de la Constitución española.
Esos requisitos son irrenunciables en cualquier contratación que haga la Administración, por muy urgente que sea esta. El recurso presentado por José Luis Baltar contra su inhabilitación utilizaba ese argumento, pero la Audiencia Provincial lo considera «inadmisible». Es así, además, porque la sentencia concluye que «no existe evidencia objetiva» de esa urgencia.
Testimonios
Las pruebas testificales sustentaron tanto la sentencia condenatoria del juzgado de lo penal como la que confirma ese fallo. La Audiencia concede especial «predicamento persuasorio» a la declaración del jefe de Personal de la Diputación, José Luis Suárez, el mismo al que José Luis Baltar y su abogado defensor señalaron como el verdadero culpable de las irregularidades que pudiesen haberse cometido en relación a las 104 contrataciones cuestionadas. «El presidente daba el nombre y el puesto», fue una de las frases pronunciadas por el funcionario y recordada ahora en la sentencia de la Audiencia Provincial que hace firme la inhabilitación del exbarón.
En ella también se hace referencia a lo declarado por el interventor que por aquel entonces fiscalizaba los gastos de la Diputación. El funcionario, José María Baños, que abandonó el cargo poco tiempo después de iniciada la investigación de este caso, dijo que él se enteró de las contrataciones con posterioridad a que estas se realizaran, de modo que no pudo informar previamente sobre las mismas. Finalmente, también la declaración del secretario, Francisco Cacharro, conduce a similares conclusiones. «El presidente manifestó que eran urgentes y que posteriormente se regularizarían», recuerda la sentencia que dijo el funcionario, que es hijo del expresidente de la Diputación lucense recientemente fallecido.
En definitiva, también la Audiencia Provincial concluye que existe prevaricación porque la omisión de todo procedimiento para realizar esas contrataciones tenía «por finalidad eludir los controles de legalidad inherente a la actividad administrativa». La identidad de los contratados se conocía «de antemano».
El tribunal no ve motivos para que el exbarón indemnice a la institución
José Luis Baltar dejó la política en el año 2012 por propia iniciativa, de modo que la inhabilitación no le afecta. Tampoco tendrá que pagar. Así lo ha determinado la Audiencia Provincial. Además del recurso del exbarón tuvo que estudiar otro presentado por el PSOE, que ejercía una de las acusaciones populares en el caso (junto al sindicato Manos Limpias). Los socialistas consideraban que también era culpable de malversación por el quebranto que sus contrataciones habían ocasionado a las arcas de la Diputación. El PSOE, basándose en un informe de la actual interventora de la entidad, pedía que el exbarón popular pagase 696.666,58 euros en concepto de responsabilidad civil. Ese es el coste que habrían tenido los 104 enchufes, pero la Audiencia Provincial entiende que los socialistas no están legitimados para realizar esa petición porque tan solo son acusación popular. Además, la sentencia concluye que, como los trabajadores sí realizaron las tareas para las que les contrataron, no se generó «enriquecimiento injusto».
Tampoco acepta el tribunal la alegación formulada por la defensa del expresidente, que pedía que toda la investigación se anulase porque el Ministerio Fiscal se excedió en los plazos marcados para hacer sus averiguaciones y porque no le dio la oportunidad al acusado de declarar.