El juez avala a Sanxenxo en su rechazo a recibir el polígono de Nantes

Maruxa Alfonso Laya
m. alfonso SANXENXO / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

Una sentencia considera probado que las obras no se han completado

24 abr 2012 . Actualizado a las 06:58 h.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra ha dado la razón al Concello de Sanxenxo en la disputa que mantenía con la empresa urbanizadora del parque industrial de Nantes. La firma, Bruesa Inmobiliaria, había solicitado al gobierno local que recibiese la obra, bien por silencio administrativo positivo o por resolución. Pero el juzgado considera que Sanxenxo actuó bien al negarse.

Para el equipo de gobierno de Sanxenxo, esta resolución judicial avala «a coherencia que vimos mostrando na firme defensa dos intereses municipais evitando asumir, pese ás insistentes presións recibidas, unha obra que está inacabada, o que suporía un agravio para os veciños deste municipio». En la sentencia, el juez considera probado que los trabajos de urbanización de este suelo no se han completado, «lo cual es evidente que impide su recepción definitiva», explica el Concello.

El gobierno local sostiene, y así se lo hizo saber al juez, que las tareas relativas a la conexión definitiva de la red de saneamiento con el colector general de Pontedena y la construcción e instalación de una subestación eléctrica no están finalizadas. Lo mismo sucede con la reparación de deterioros, sustracciones y actos vandálicos registrados en este entorno. «Y frente a estas afirmaciones, debidamente documentadas, contenidas en informes de los técnicos municipales que se ratificaron cumplidamente en Sala no se ha aportado por la mercantil recurrente prueba contradictoria suficiente alguna», explica la sentencia.

El juez también entiende que no procede estimar el recurso de Bruesa Inmobiliaria porque, tal y como apuntó en su día el Concello de Sanxenxo, no es posible ratificar por silencio administrativo una petición como esta, pues para ello no es suficiente con que se presente esta solicitud en vía administrativa y transcurra el plazo máximo de tres meses sin respuesta.

La resolución judicial todavía no es firme y contra ella se podrá interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.