El Supremo absuelve a un vecino de A Baña condenado a 44 años por violar a sus tres hijastras
A BAÑA
El hombre queda en libertad por falta de pruebas sólidas o concluyentes
17 mar 2017 . Actualizado a las 12:06 h.Un vecino de A Baña que llevaba en la cárcel desde el 28 de noviembre del 2014 por haber violado durante años a sus tres hijastras salió ayer de prisión con la sentencia del Supremo que lo absuelve de toda culpa bajo el brazo. El fallo anula la condena que le impuso la Audiencia Provincial de A Coruña, que lo castigaban nada menos que a 44 años de prisión como autor de tres delitos continuados contra la libertad sexual. Y además suspende la orden de alejamiento que había respecto a las víctimas. Entonces el tribunal había considerado probado que este hombre de 47 años había estado abusando durante los últimos 11 de las tres hijas de su esposa. También fue acusado de maltratar y abusar de su mujer y de la única hija que tenían en común, si bien fue absuelto de ello al no haber pruebas suficientes.
«Tampoco las había para condenarlo por agredir a sus tres hijastras, pero lo hicieron», lamenta Kostka Fernández, el abogado del ahora liberado. El letrado coruñés recuerda que fue la propia sala de la Audiencia Provincial la que admitía en su sentencia de octubre del año pasado «la ausencia de pruebas concluyentes». Por ese motivo, exponía: «Estamos ante una ponderación de credibilidades, en la que la sala, sin ignorar la buena opinión que de él tenían un buen número de personas, opta por la versión dada por las tres hijas de la esposa del procesado». Kostka Fernández, que ya en el juicio había recordado que la exesposa de su cliente denunció a su primer marido por hechos similares y que luego se demostró que «todo había sido una mentira y denuncia falsa», tacha tanto a ella como a sus hijas de «profesionales de la denuncia». Insistió mucho durante los días del juicio en que las víctimas llevaban años preparando sus declaraciones. La sentencia condenatoria fue recurrida en casación al Tribunal Supremo y ayer mismo este emitió un auto en el que ordenaba su inmediata salida de prisión. No entran a valorar la credibilidad de las víctimas, si estas mintieron o no, sino que lo absuelve, básicamente, por falta de pruebas sólidas o concluyentes.
En el fallo de la Audiencia se declaraba probado que el hombre convivió con su exmujer, con la que tenía una hija en común, y sus tres hijastras, primero en Canarias y luego en Galicia. «Se aprovechaba de su condición de cabeza de familia y de la dependencia económica de esta para doblegar su voluntad e impedir que, de los hechos por los que ahora ha sido condenado, se enterasen el resto de los miembros». También se decía que «el inicio de la conducta del procesado es coincidente con el momento en el que comienza la pubertad de cada una de las víctimas». Sobre una de ellas, que contaba con 23 años en el momento de la denuncia, señala que inició los tocamientos al poco de vivir en Galicia, cuando ella tenía 12 años. Idéntica edad que tenían las otras dos víctimas cuando las violó». Pero el Supremo lo niega.