Justicia ultima la reforma del Código Civil para que convivan las dos
23 may 2013 . Actualizado a las 10:23 h.El Ministerio de Justicia confirmó ayer a La Voz de Galicia que está «ultimando la reforma del Código Civil» en la que se modificará la custodia de los hijos de padres separados. Se dará carpetazo a la monoparental como opción prioritaria y se pondrá la compartida en igualdad de condiciones para que sea el juez quien decida en cada caso cuál es más conveniente.
El ministro Alberto Ruiz-Gallardón anunció el pasado 13 de junio su intención de modificar el Código Civil para que el artículo 92 «deje de contemplar el carácter excepcional de la custodia compartida de menores» para que se convierta en la opción prioritaria en separaciones y divorcios. También aseguró que el asunto estaría resuelto en seis meses. Es decir, el 13 de diciembre. Pero ni lo uno ni lo otro. La reforma sigue sin concretarse cuando ha pasado casi un año desde su anuncio, y la custodia compartida no va a tener preferencias sobre la monoparental, sino que convivirán en armonía, a la espera de lo que los jueces decidan en cada caso particular.
Hasta ahora, según el artículo 92, solo se concede la compartida si hay acuerdo entre los padres o si uno de ellos lo pide y existe un informe favorable del fiscal. En la práctica, más del 80 % de las custodias en España son monoparentales; casi en su totalidad para la madre, con régimen de visitas para el padre.
Ahora, según manifestó el ministro en la página web de El Mundo, «se suprime cualquier criterio rígido, como el actual, pero tampoco se establece otro rígido alternativo. Es un cambio de filosofía por el que se le dará amplia libertad al juez para que, analizados los informes, determine qué es mejor para el interés del menor, por encima del de los padres». Es decir, que estamos ante una custodia a la carta, en la que cada caso será mirado por lupa. En la práctica, esta reforma del Código Civil dará armas al magistrado, ya que hasta ahora eran los fiscales los que decidían con sus informes.
Y el planteamiento de estos lo dejó claro Carlos Varela, fiscal superior de Galicia, en un reciente artículo publicado en este periódico: «A custodia compartida preséntase así como unha fórmula capaz de asegurar a pais desunidos o pleno exercicio da parentalidade en igualdade de condicións. O modelo compartido da garda trata de aproximar ao menor á situación precedente á ruptura para protexelo dos sentimentos de desamparo e incerteza a que lle somete a situación de desunión dos seus país».
Sentencia del Supremo
El anuncio del Ministerio de Justicia coincide con una nueva sentencia del Tribunal Supremo (del 29 de abril, pero difundida ayer), en la que defiende la custodia compartida como «la mejor opción para el menor». A diferencia del planteamiento de Gallardón, que pretende conjugar los dos modelos, el Supremo aboga por la compartida, que es «la mejor solución para el menor», ya que le permite relacionarse «del modo más razonable» con sus padres. Con todo, introduce un límite claro: «Siempre que no sea perjudicial para el hijo».
Pero, al final, el alto tribunal conjuga también las dos modalidades, pues establece entre las condiciones que tiene que haber «respeto mutuo de los padres en sus relaciones personales». Y parece evidente que ese matiz reduce radicalmente el alcance de la compartida. Señala también, en referencia al artículo 92 del Código Civil, que esta opción «no debe ser excepcional, sino «la más normal» para su aplicación.