Aprobada la Ley de Propiedad Intelectual, que entrará en vigor el 1 de enero

Efe

SOCIEDAD

El Congreso ha aprobado la reforma con 172 votos a favor, 144 en contra y 3 abstenciones

30 oct 2014 . Actualizado a las 19:55 h.

El pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado hoy definitivamente la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual tras incorporar las enmiendas del Senado, con los votos del Grupo Popular y con duras críticas por parte de la oposición.

La norma, que ha salido adelante por 172 votos a favor, 144 en contra y 3 abstenciones, establece en su texto un plazo de un año para que el Gobierno acometa una reforma integral de la Ley de Propiedad Intelectual.

Las principales novedades de la norma son las siguientes:

- Extiende el límite de cita o reseña al ámbito de los agregadores de contenidos o buscadores de internet, de tal forma que establece el derecho de las empresas editoras de noticias a ser compensadas económicamente por la utilización de sus contenidos, una remuneración que será irrenunciable.

- Mantiene de forma transitoria el pago de la compensación por copia privada, que sustituyó al antiguo canon digital, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Permanecen amparadas por el límite de copia privada las reproducciones de CD o DVD comprados y las grabaciones de fuentes de televisión o radio para un visionado o escucha posteriores.

- Respecto al uso de fragmentos de obras en la enseñanza e investigación permite la utilización gratuita de pequeños fragmentos de obras u obras aisladas de carácter plástico o fotográfico para ilustrar la enseñanza reglada (universitaria y no universitaria) y la investigación.

Cuando se trate de la reproducción parcial de obras y publicaciones protegidas para fines educativos o de investigación, más allá de pequeños fragmentos -por ejemplo, capítulos de libros o artículos de revistas-, no será necesaria una autorización expresa, aunque devengará una remuneración que se tramitará a través de las entidades de gestión.

- Establece multas de hasta 600.000 euros para las web que tengan como principal actividad facilitar de manera específica y masiva la localización de contenidos ofrecidos ilícitamente de forma notoria e incumplan los requerimientos de retirada de los contenidos declarados infractores.

- Se establece para las entidades de gestión un sistema de recaudación de ventanilla única como medio de facturación y pago. Para ello, impone a las entidades de gestión la obligación de constituir una persona jurídica privada a la que se le encomiende la tarea de centralizar las operaciones de facturación y pago de los usuarios de derechos de propiedad intelectual.

- Se regula un cuadro de infracciones y sanciones ante responsabilidades administrativas de las entidades de gestión por incumplimiento de sus obligaciones legales.

- La Ley, al transponer una directiva europea, amplia el plazo de protección de los derechos de los artistas, intérpretes o ejecutantes y de los productores de fonogramas, de 50 a 70 años.