El juzgado insta al Concello a asegurarse de que las licencias concedidas «cumplan la normativa urbanística»
09 jun 2009 . Actualizado a las 10:59 h.Nuevo varapalo para la gerencia de Urbanismo del Concello de Sanxenxo. El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Pontevedra ordena la demolición de un inmueble localizado en la calle Progreso y que el organismo municipal había autorizado. La empresa tramitó el permiso para construir un edificio de dos bloques separados. La polémica comenzó cuando la gerencia concedió a la constructora licencia para modificar el permiso municipal administrativo y poder así ejecutar el edificio en dos bloques: A y B. Ante esa situación, la abogada que representó al denunciante, Ana Villaluestre Hermida, solicitó la nulidad de la licencia concedida y pidió la restitución de la legalidad urbanística «ordenando demoler la obra denominada bloque B».
El Concello de Sanxenxo y la constructora disponen de un plazo de quince días para interponer un recurso de apelación ante el juzgado que le dará traslado a la sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Fuentes municipales señalaron que los servicios jurídicos del Ayuntamiento están analizando la sentencia para formular el recurso.
El fallo del juzgado pontevedrés firmado el 29 de mayo del presente año precisa que la parcela para la que se otorgó la licencia «no goza de la condición de solar en lo que afecta al bloque B ... ya que no tiene frente alguno a vial porque se accede al mismo a través del bloque A, y por tanto valiéndose de una servidumbre».
También refleja que el bloque B «debería estar adosado a la medianera por el linde sur». Además, de acuerdo con los términos de la sentencia, la estructura «incumple la normativa sobre retranqueos laterales» que exige el Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM). El fallo del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 también apunta a que, según Ana Vallaluestre Hermida, la construcción incumple «la normativa sobre edificabilidad máxima».
La sala judicial reconoce que el Concello puede conceder una licencia para edificaciones sobre dos parcelas, pero ello no impide reclamar a la Administración local que «aún en el caso de conceder una licencia en forma conjunta para dos parcelas, se ocupe de asegurar que las obras que se licencian cumplen con la normativa urbanística de aplicación a estas dos parcelas, por separado». El bloque A consiste de sótano, planta baja, tres pisos y ático, mientras que el B está formado por dos sótanos, planta baja y dos pisos, de acuerdo con los proyectos presentados en el 2006.