Delitos mayores, castigos menores

Tatiana López

SOCIEDAD

Renace con fuerza la polémica en Europa y Estados Unidos sobre la edad adecuada para que un niño tenga responsabilidad de sus actos delictivos ante la Justicia

21 mar 2010 . Actualizado a las 02:00 h.

La polémica sobre la ley del menor se vive estos días con intensidad en Europa y en EE.UU., donde 2.500 menores cumplen en estos momentos cadena perpetua. La pregunta de ¿quién puede encerrar a un niño? emerge en la sociedad cada cierto tiempo: ¿Cuál es la edad apropiada para que un niño tenga responsabilidad de sus actos delictivos ante la Justicia?

Según la ley del menor, en España solo los mayores de 18 años son susceptibles de ir a la cárcel, si bien se pueden aplicar medidas correctivas a partir de los 14 años. La actual regulación se basa en directrices y recomendaciones de la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, cuyo objetivo es priorizar el interés del menor por encima de otra consideración. Es decir la naturaleza de la ley nace del deseo de reintegrar al niño en la sociedad y no de castigar su crimen o reparar el daño causado.

Este espíritu proteccionista era común en Europa hasta mediados de los noventa, cuando varios países rebajaron la edad mínima de responsabilidad jurídica. En Holanda, cualquier niño es responsable de sus actos ante la ley a partir de los 12 años. En Francia, este barómetro se sube hasta los 13, mientras que en Inglaterra esta edad se baja hasta los 10. El récord lo ostenta Escocia, donde cualquier delito cometido desde los 8 años es susceptible de una medida correctiva.

En los últimos tiempos, algunos políticos han pedido en Gran Bretaña la ampliación de la edad mínima hasta los doce años, la última de ellas la nueva comisionada para los Menores, Maggie Atkinson. Esta levantaba la polémica en su país hace unos días tras declarar que ningún menor debería ser juzgado como un adulto, incluyendo el caso de John Venables y Robert Thompson, quienes en 1993 conmocionaban a la opinión pública mundial tras acabar con la vida de un niño a la temprana edad de 10 años. En este caso ambos fueron juzgados como si fueran mayores de edad debido a la gravedad de los hechos, y sin tener en cuenta circunstancias atenuantes, como que los dos menores venían de hogares desestructurados e incluso habían sido víctimas de abusos.

En nuestro país, casos como el del Rafita, en libertad condicional, y quien con tan solo 14 años lideró el rapto, violación y asesinato de Sandra Palo, conseguían también reabrir el debate sobre la ley del menor. Para el PP, la situación es insostenible, principalmente porque dota de impunidad a los que cometen el delito, mientras que deja desprotegidas a las víctimas. La Asociación de Jueces Francisco de Vitoria cree que debería existir una distinción entre delitos comunes y crímenes graves.