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Bello Janeiro propone el contrato vitalicio gallego para mejorar el cuidado de la tercera edad

E. V. P.

VIGO

30 jul 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

El catedrático de Derecho Civil de la Universidad de A Coruña, Domingo Bello Janeiro, propuso ayer potenciar algunas cláusulas del Derecho Civil Gallego durante la presentación en Vigo de su libro Los contratos en la Ley de Derecho Civil de Galicia.

Estos contratos rigen los negocios de los ciudadanos con vecindad civil en Galicia que voluntariamente se acogen a sus artículos. Aparceiría, compañía familiar gallega o contrato vitalicio son fórmulas de contratos específicos de Galicia que siguen en vigor.

Una propuesta de Bello Janeiro es fomentar el denominado contrato vitalicio, que cuenta con una larga tradición en el mundo rural gallego y que podría ser valioso en la moderna sociedad donde crece la población envejecida. El contrato vitalicio, recogido en la Ley de Derecho Civil Gallego, consiste en que una parte presta alimentos, cuidados y ayuda de por vida a otra a cambio de la cesión de bienes. Si quien recibe los cuidados sufre vejaciones o desatención, puede reclamar la devolución de los bienes a cambio de pagar los gastos ocasionados al cuidador.

El decano del colegio de Abogados de Vigo, Alfonso Álvarez Gándara, recordó que en las aldeas solía pronunciarse la frase: «Fágoche o meu herdeiro». Los juristas equiparan esa fórmula con la moderna hipoteca inversa. No se trata de una donación sino de un contrato privado que no entra en conflicto con la cuarta parte legítima de la herencia que corresponde a los hijos en la ley gallega.

Necesidad

Bello Janeiro sostiene que el contrato vitalicio responde a una «auténtica necesidad sentida en nuestra tierra» para dar una adecuada solución a los problemas derivados de la proliferación de situaciones de desamparo y soledad derivadas del progresivo envejecimiento de la población, sobre todo en el campo.

Gándara desmintió que las leyes gallegas, originadas en el campo, quedasen en «vía morta» en el siglo XXI. Un repaso bastaría para actualizar este derecho civil. Un ejemplo es lo ocurrido con el sistema de la aparceiría, cuyo contrato de arrendamiento de tierras tenía antes una vigencia de 20 años. Esto era útil en el pasado para asegurar el sustento de una generación de campesinos pero hoy en día desincentiva a los propietarios que alquilan sus terrenos. Para evitar que las parcelas queden baldías, la reforma de la ley reduce el contrato a seis meses o bien aprueba que las partes pacten la duración. Los expertos consideran «muy aconsejable» su vigencia.

Bello Janeiro, durante la presentación de su libro en el Colegio de Abogados de Vigo, recomendó que el Gobierno establezca bonificaciones fiscales para los contratos gallegos con el fin de fomentar su uso, «por su importancia para la transmisión de la propiedad familiar, la planificación empresarial y sucesoria, y la superación del minifundio».