La Voz de Galicia

Persigue a su vecino con su coche grabándolo con el móvil y acaba condenada por un delito de coacciones

Barbanza

Ribeira / La Voz
En una imagen de archivo, la sala de vistas de la Audiencia Provincial en Santiago

Los hechos ocurrieron en Rianxo en agosto del 2022

21 May 2024. Actualizado a las 15:33 h.

Un nuevo episodio del cruce de denuncias entre dos vecinos de Rianxo a causa de la relación de enemistad que mantienen sus familias desde hace varios años se ha saldado con una condena en firme por un delito leve de coacciones. Aunque la acusada presentó un recurso ante la Audiencia Provincial tras la sentencia condenatoria del juzgado de primera instancia, no se librará del pago de una multa de 600 euros por perseguir a su vecino con su coche mientras lo grababa con un teléfono móvil.

Según quedó acreditado en el juicio, entre la acusada y el denunciante hay una muy mala relación desde hace tiempo, hasta el punto de que este último tiene una orden de prohibición de aproximación a la primera. En este contexto, la ahora condenada «ha adoptado la costumbre de grabar con su teléfono móvil al hombre cada vez que se cruza con él, incluso hallándose este en su domicilio, lo que ha provocado en él un estado constante de nerviosismo y ansiedad».

Tal y como consta en la sentencia, el día de los hechos juzgados, en agosto del 2022, la mujer mantuvo esta misma actitud: «Cuando el denunciante regresaba en motocicleta a su domicilio desde el centro médico de Rianxo, rebasó a la acusada que circulaba en su vehículo. A partir de ese momento, esta se dedicó a perseguirlo hasta que él se detuvo en un lateral de la carretera y la conminó a que dejara de seguirle, momento en el cual observó como la hija de la conductora le grababa con el teléfono móvil mientras ella conducía».

En primera instancia, se condenó a la procesada al pago de una multa de 600 euros por un delito de coacciones, conclusión que mantiene la Sección Sexta de la Audiencia Provincial. El tribunal considera que la sentencia de primera instancia está correctamente motivada y concluye tajantemente que «es evidente y claro que los hechos declarados probados son constitutivos del delito de coacciones al concurrir todos y cada uno de los elementos que lo integran». En este sentido, señala que para que exista delito se exige «el empleo de violencia, no solo la conducta violenta de carácter físico, sino también la intimidatoria o moral» y concluye sin lugar a ningún género de duda que en este caso se dan los requisitos.


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