La Voz de Galicia

Rechazados los recursos contra el contrato del servicio de telecomunicaciones del 092

A Coruña

G. L. A Coruña /  La Voz

La sentencia avala la anulación del primer proceso de licitación

24 Sep 2012. Actualizado a las 07:01 h.

Una sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de A Coruña ha desestimado los recursos presentados por las empresas Valedeme y Demecom contra el procedimiento administrativo seguido en la contratación del nuevo sistema de comunicaciones del 092, que entró en funcionamiento en enero del 2011.

El origen del litigio se remonta a mayo del 2010, cuando el Ayuntamiento acordó renunciar a adjudicar los cuatro contratos en los que inicialmente se había dividido el sistema: sistema de integración y grabación de radio y telefonía; nuevo centro de mando en la sala 092 de la Policía Local; equipamiento de los sistemas de geolocalización y adecuación de la red de comunicaciones digitales del Área de Seguridad Ciudadana.

Frente a los argumentos de las dos demandantes, que pedían una indemnización global de 38.627,95 euros al entender que no se había justificado adecuadamente los motivos de la renuncia al procedimiento de contratación, la asesoría legal municipal alegó que tras la apertura de las plicas, y recabado un informe del jefe provincial de Inspección de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, se detectaron «errores no subsanables» que obligaron a redactar un nuevo pliego de condiciones. En el segundo proceso, los cuatro contratos, que dan lugar al conocido como sistema Tetra, fueron adjudicados a una misma empresa.

La jueza, en su fallo, no acepta el argumento de las demandantes, en uno de los casos porque alguno de los recursos de reposición ante el Ayuntamiento se presentaron fuera de plazo, pero, fundamentalmente, por entender que los técnicos municipales sí justificaron adecuadamente los motivos por los que se suspendía la contratación. En ese sentido, señala que aunque no se les dio traslado de los informes directamente, figuraban en el expediente municipal al que las empresas podrían haber accedido de haberlo solicitado.

Argumenta, además, que no cabe reclamar un resarcimiento de la inversión toda vez que el material fue devuelto y una de las empresas se presentó al segundo proceso de contratación, por lo que pudo reinvertir los gastos iniciales en la preparación de la segunda oferta.

La sentencia no es firme y las empresas tienen quince días para presentar recursos.


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