El juez archiva la causa contra un edil de A Coruña por un cartel de carnaval
A Coruña
La Fiscalía dice que el dibujo de un hombre embriagado vestido de papa no es delito
25 May 2017. Actualizado a las 00:07 h.
El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de A Coruña ha ordenado el sobreseimiento de la causa contra José Manuel Sande, edil del Culturas del Ayuntamiento de A Coruña de la Marea, por un presunto delito contra los sentimientos religiosos.
La causa judicial se inició a raíz de una denuncia presentada por la Asociación de Viudas de Lugo contra un cartel del Ayuntamiento, en el que se publicitaba el carnaval de la ciudad a través de la caricatura de un hombre disfrazado de papa con síntomas de embriaguez, como la nariz enrojecida. La imagen, que formaba parte de una serie de dibujos que fueron reproducidos en carteles y trípticos, es obra del dibujante Alberto Guitián.
El juez ha ordenado el archivo de las diligencias a partir del informe de la Fiscalía, que no considera «debidamente justificada la perpetración del delito».
El informe de la fiscal recuerda que el delito de ofensa contra los sentimientos religiosos, recogido en el artículo 525 del Código Penal, castiga a los que «para ofender a una confesión religiosa hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesen o practiquen».
Por lo tanto, para aplicar el tipo penal «no basta con que se ofendan los sentimientos religiosos de otros», sino que se requiere que el autor haga escarnio de los dogmas, creencias y ritos; y lo haga con intención expresa de ofender esos sentimientos.
El fiscal considera que el citado cartel no cumple esos requisitos ya que, aunque el dibujo, «pudiera ser de mal gusto o una afrenta para los católicos», no se advierte «qué dogmas, creencias, ritos o ceremonias de la religión católica se desprecian con la polémica caricatura realizada por Guitián».
Es más, la fiscalía señala que, incluso si en vez de una caricatura de un hombre vestido de papa se asumiese que se trata del papa, se trataría de una imagen «provocadora o satírica», pero que no cumpliría los requisitos antes citados para ser un delito.
Por otra parte, la fiscal también considera que no está acreditado que el autor del cartel o la persona que lo encargó tuviesen la intención de ofender los sentimientos religiosos. El informe recuerda que, además de que no se dan los elementos denigrantes que exige el delito penal, el cartel se exhibe en un «contexto concreto», las fiestas de carnaval, y se dirige al público general y no solo a los fieles de la religión católica, lo que a juicio del Ministerio Fiscal le excluye del animus injuriandi necesario para tipificarlo como un delito.
De acuerdo a esos argumentos, la Fiscalía propuso el archivo de la causa, tal y como ha ordenado el juez instructor.
Por su parte, José Manuel Sande celebró la decisión judicial, que destacó como un ejemplo de «lóxica» y «sentido común», y recordó que el gobierno local coruñés «non esperaba outra resolución», ya que se basaban en derechos «tan fundamentais» como el de la libertad de expresión y manifestación artística, además de que «nunca houbo intención de ofender a ninguén».