Un acusado de tenencia de pornografía infantil en A Coruña participará en un programa formativo de educación sexual para evitar la cárcel
A Coruña
El hombre reconoció que en su ordenador tenía más de 100 GB de material pedófilo
28 May 2024. Actualizado a las 18:51 h.
Un vecino de A Coruña al que se le incautaron más de 100 GB de pornografía infantil ha aceptado un año y un mes de prisión. El procesado no entrará en la cárcel tras llegar a un acuerdo, con la condición de no cometer ningún delito en el plazo de dos años y de participar en un programa formativo de educación sexual.
Ha sido en la vista fijada para este martes en la sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña después de que el procesado haya reconocido los hechos y aceptase una rebaja de la condena tras un acuerdo entre las partes personadas.
Según recoge el escrito del Ministerio Fiscal, al investigado, de 39 años, se le intervinieron en su domicilio de A Coruña unos 11.031 archivos de imagen y vídeo (el equivalente a unos 102 GB) de pornografía infantil.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de Ávila autorizó el 8 de marzo de 2022 una diligencia de entrada y registro en el hogar del acusado, donde se incautaron los ficheros en los que aparecían menores de edad en contextos de índole sexual.
El acusado tenía estos archivos almacenados y «perfectamente ordenados» en diversos discos duros y carpetas. En uno de ellos se encontró también instalado el programa Transmission 2.94, que supuestamente utilizaba el investigado para hacerse con pornografía y distribuirla.
En algunos de estos archivos compartidos aparecen, entre otros, «niñas de corta edad con hombres abusando de ellas» y «menores practicando sexo, vídeos de webcams con menores desnudas o desnudándose ante la cámara».
Así las cosas, la Fiscalía considera que estos hechos son constitutivos de un delito de acceso y posesión de pornografía infantil en concurso con un delito de distribución/ofrecimiento/facilitación de distribución de pornografía infantil.
Por ello, ha sido condenado a un año y un mes de prisión con inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio sea o no retribuido que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante cinco años y a tres años de libertad vigilada.