El TSXG rechaza suspender cautelarmente la ocupación de parte de una finca para las obras del Novo Chuac
A Coruña ciudad

La expropiación para la construcción de los accesos al futuro Hospital de A Coruña afecta a la piscina, parte del cierre y una escalinata de la parcela donde está la vivienda familiar
21 Apr 2025. Actualizado a las 18:38 h.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado la suspensión cautelar, tal y como solicitaban los propietarios, del acto de levantamiento de actas de ocupación en uno de los terrenos afectados por las expropiaciones para las obras del Novo Chuac, el futuro hospital público de A Coruña.
En concreto, la solicitud de la medida cautelar fue presentada el 20 de febrero de este 2025, un día antes de la fecha fijada para levantar las actas de ocupación, por los afectados por la expropiación de parte de la finca donde tienen su vivienda en Eirís. Según la sentencia, de los mil metros cuadrados de la parcela, donde se encuentra la casa familiar de 75 metros cuadrados, un alpendre de 70 y otras construcciones de 100 metros cuadrados, para el proyecto de interés autonómico del futuro Hospital de A Coruña se ocuparán 215 metros cuadrados de suelo urbano consolidado incluido en la norma zonal 12 de Eirís. Entre los bienes afectados se encuentra la piscina (30 metros cuadrados), parte del cierre de hormigón y la cimentación (10,2 metros) y un muro escalinata de piedra de granito (45,5 metros), superficie que se integrará en la ejecución de los accesos al futuro Novo Chuac y que podrían formar parte también del suelo para el futuro edificio de investigación.
La sección tercera de la sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado la petición de los recurrentes y, en su fallo, indica que, si bien se podría «hablar de una carencia sobrevenida de objeto de la cautelar a juzgar por las fechas», ha de tenerse en cuenta a la «finalidad directa para la que se ha producido la ocupación de la porción de la finca de los afectados». «Desde la perspectiva de la necesaria ponderación de los intereses en conflicto debe prevalecer el interés general en la ejecución completa (integral) del proyecto para el que se expropia, frente a los intereses particulares que se tratan de proteger con la solicitud cautelar», señala el TSXG.
Además, el alto tribunal gallego destaca que «para determinar si la justificación de ocupación de esa porción de terreno de la finca de los recurrentes que contiene el proyecto es o no suficiente, si está suficientemente motivada, o si se ha justificado o no debidamente la necesidad urgente de ocupación, será necesario analizar tanto la prueba como la argumentación de los escritos presentados por las partes, lo que no puede suceder en sede cautelar, sino ya en sentencia».
Los dueños instaban la paralización cautelar, asociada a su recurso contencioso, contra el decreto del 26 de octubre del 2023 por el que el Consello de la Xunta declaró la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto del Novo Chuac. Entre los argumentos planteados, los recurrentes esgrimieron que no existía «justificación concreta de la necesidad» de ocupación de parte de su predio, ni tampoco de la necesidad de «acudir al excepcional procedimiento de urgente ocupación». En este sentido, sostenían que no era «indispensable» para el proyecto hacerse con una porción de su finca, ya que, a su juicio, no se demostraba que el nuevo vial perimetral debiese pasar exactamente atravesando su parcela «habiendo justo al lado una finca baldía de titularidad pública que cumpliría exactamente la misma función sin menoscabo de propiedad privada alguna». A este respecto, los afectados consideraban que no sirve a tal fin la existencia «futura y previsible» del edificio de docencia e investigación, ya que, «su localización es orientativa» y ese inmueble «se había previsto en dicha finca baldía de titularidad pública» sin afectar a su predio.
El auto emitido este mes por el TSXG permite que se presente un recurso de reposición y, en todo caso, el objeto de la medida cautelar todavía puede ser objeto de juicio para una decisión definitiva.