La Voz de Galicia

Los deportistas afectados por un ERTE por el coronavirus tendrán derecho al paro y seguirán cotizando

Deportes

EFE

El CSD anuncia que las medidas de urgencia implementadas por el Gobierno también auspiciaran a los jugadores de las distintas disciplinas deportivas

20 Mar 2020. Actualizado a las 09:22 h.

El Consejo Superior de Deportes (CSD), a través de un comunicado, enumeró este jueves las medidas extraordinarias aprobadas por el Gobierno durante el estado de alarma que beneficiarán al deporte, entre ellas el reconocimiento a los deportistas afectados por un ERTE del derecho a la prestación contributiva.

El CSD envió un documento con las medidas aprobadas por el Gobierno a los responsables de las comunidades autónomas, a las federaciones deportivas y a los propios deportistas para que tengan conocimiento de cómo pueden ser beneficiados.

En el plano laboral y empresarial, informa la institución presidida por Irene Lozano, el Real Decreto del 12 de marzo recoge el aplazamiento de deudas tributarias al que se podrán acoger todos aquellos empresarios y trabajadores del ámbito deportivo que, como consecuencia de la situación actual, lo necesiten.

En esa misma línea, el Real Decreto del 18 de marzo recoge medidas con el fin de favorecer el mantenimiento del empleo y reforzar la protección de los trabajadores directamente afectados.

«Se han establecido medidas excepcionales en relación con los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor, los denominados Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE)», apunta el CSD en su comunicado.

En este sentido, se reconocerá el derecho a la prestación contributiva por desempleo a las personas trabajadoras afectadas, aunque carezcan del período de ocupación cotizada mínimo necesario y ese tiempo no computará a los efectos de consumir los periodos máximos de percepción establecidos.

Además, los empresarios que lleven adelante un ERTE podrán adoptar las medidas extraordinarias en materia de cotización en relación con estos procedimientos. Así, añade el CSD, «las empresas deportivas que se encuentren en esta situación, se verán exoneradas del abono de las cuotas a la Seguridad Social mientras dure este periodo, algo que no afectará a los trabajadores, ya que mantendrán dicho tiempo como cotizado».

Asimismo, «con el objetivo de dar cobertura a las empresas y autónomos afectados por la situación actual, incluidas las vinculadas al mundo del deporte», se aprueba una línea para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras.

También se ampliará a 10.000 millones de euros del límite de endeudamiento neto del ICO con el fin de aumentar las líneas de financiación y una línea extraordinaria de cobertura aseguradora de hasta 2.000 millones.

En clave social, destaca la moratoria de deuda hipotecaria para la adquisición de vivienda habitual a la que, como cualquier otro trabajador, los vinculados al mundo del deporte podrán acogerse.

Por su parte, el decreto del 12 de marzo establece la Garantía del derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad que se encuentran afectados por el cierre de los centros educativos.

«Todas aquellas familias vinculadas al mundo del deporte que vivan esta situación tendrán derecho a ayudas económicas o a la prestación directa de distribución de alimentos», subraya.

En el ámbito administrativo, el Real Decreto de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece la suspensión de los plazos administrativos, «algo que afecta a todos los procedimientos de este tipo relacionados con el mundo del deporte», concluye el comunicado.


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