Un juez anula el cese de tres interinos que encadenaron contratos
Economía
El fallo del juzgado coruñés aplica la jurisprudencia europea para evitar abusos laborales con los trabajadores
06 Jan 2017. Actualizado a las 10:02 h.
Tres trabajadoras de la Administración de Justicia que fueron apartadas de sus puestos tras varios años -hasta 25 en un caso- enlazando contratos de interinidad, tendrán que ser readmitidas en ellos en aplicación de la doctrina de los tribunales comunitarios, que aplican la legislación europea para evitar abusos en la contratación temporal.
El juez del Contencioso número 2 de A Coruña, en una de las primeras sentencias en Galicia sobre ese asunto, hace prevalecer la norma europea y considera que la Administración no ha justificado que la concatenación de contratos obedezca a necesidades temporales. Así, el juez entiende que la relación laboral «no tiene carácter provisional, sino permanente y estable», incurriendo de ese modo en fraude de ley. «Es llano que la Administración no razona ni menos aún acredita causas objetivas que amparen esas sucesivas renovaciones y la larga duración del vínculo existente entre la demandante y la demanda», dice la sentencia.
La trabajadora, una de las representadas por el abogado Santiago Taibo, de Taibo & Paz Abogados, recuperará así su puesto de trabajo al fallar el juez que debe anularse el cese firmado por la Dirección Xeral de Xustiza. Con todo, ante el pronunciamiento todavía cabe recurso de apelación.
La sentencia es una de las primeras en España en aplicar la doctrina europea sobre la contratación de interinos, y abre la puerta a nuevas demandas de ese tipo, pues la Administración recurre con frecuencia a ese tipo de contratos para suplir necesidades de personal en áreas como la justicia, la sanidad y la educación, cuando no cubre los puestos con funcionarios. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que no se puede recurrir sistemáticamente a ese sistema pensado para situaciones provisionales y condena esa práctica.