El Congreso fulmina el gran atractivo fiscal de las herencias en vida gallegas
Economía
Habrá que pagar más plusvalía por vender bienes en vida de quien los cedió
26 May 2021. Actualizado a las 05:00 h.
Las herencias en vida, una figura propia del derecho civil gallego muy empleada en los últimos años por su beneficiosa fiscalidad, perderán buena parte de su atractivo en los próximos meses. Y es que el Congreso aprobó ayer el proyecto de ley de lucha contra el fraude fiscal, una norma que ahora pasa al Senado para su aprobación final y que, en sus casi 60 páginas, incluye apenas cinco líneas que suponen un cambio sustancial, no solo para aquellas familias que estén pensando en realizar un pacto sucesorio para transmitir bienes de padres a hijos, sino también para aquellas que ya lo han hecho.
En concreto, la modificación normativa hará que aquel contribuyente que venda un bien heredado en vida antes de que fallezca la persona que se lo legó (generalmente, los padres) tenga que tributar por la plusvalía que le hubiese correspondido a esta última. Con un ejemplo se entiende mejor. Si una pareja compró hace veinte años un piso por diez millones de pesetas de la época (60.000 euros) y ahora se lo deja a una hija mediante un pacto sucesorio, esta lo incorpora a su patrimonio al valor que tenga actualmente el inmueble (por ejemplo, 200.000 euros). Con la norma actual, si la hija decide venderlo a este precio, no tendría que pagar plusvalía. Sin embargo, con el cambio impulsado desde el Ministerio de Hacienda y confirmado ayer por el Congreso, si la venta se produce antes de que fallezcan sus padres, la hija deberá tributar en el IRPF por una plusvalía de 140.000 euros, ya que se le aplica el precio de adquisición que abonaron sus progenitores. Si lo hace tras la muerte de estos, la ganancia patrimonial se seguirá calculando como hasta ahora, tomando como referencia el valor al que ella lo incorporó a su patrimonio.
Y es que, a juicio del Gobierno (y de algunos profesionales del sector), una parte no pequeña de estas herencias en vida se realizan para sortear al fisco, transmitiendo los bienes a los hijos para actualizar su valor y que luego estos los puedan vender sin generar plusvalía o reduciendo la misma.
Una presunción de ilegalidad que critican desde la oposición. PP, BNG y Vox presentaron sendas enmiendas a este cambio normativo, que fueron rechazadas ayer en la votación en la Comisión de Hacienda del Congreso. Para Javier Bas, diputado popular por Pontevedra, el Gobierno «presume un comportamiento antijurídico que no admite prueba en contrario y que constituye una auténtica ficción legal», por lo que adelanta una cascada de recursos por parte de los afectados. Y recuerda que la utilidad de estos pactos sucesorios es precisamente adelantar la entrega de bienes que recibirían en herencia «para emprender una actividad profesional o para adquirir otro bien, como una vivienda», por lo que si lo que se les entrega a los hijos no es dinero, sino una finca o un inmueble, a veces es necesario venderlo para poder servir a ese objetivo.
Javier Bas: «Sorprende que Sánchez quiera dar una herencia a los jóvenes en el 2050 y niegue esa posibilidad en el 2021 a los gallegos»
Un discurso similar al del nacionalista Néstor Rego, que además de criticar la voluntad «recentralizadora» censuró que se dé «un tratamiento discriminatorio desde el punto de vista fiscal a los herederos que reciban bienes en vida». El diputado del BNG ve «injusto considerar que realizar un acto legítimo según el derecho civil de Galiza y respetando las normas tributarias propias de nuestro país sea una práctica de elusión fiscal». Y advirtió que supondrá un grave perjuicio para aquellas personas que hayan recibido una herencia en vida y que, por motivos sobrevenidos, como una enfermedad o la pérdida del desempleo, se vean obligadas a vender alguno de esos bienes antes del fallecimiento de quien se los legó.
Argumentos que rebatió la portavoz del PSOE en la comisión. Patricia Blanquer asegura que se ha detectado un «aumento de operaciones de pactos sucesorios con conductas que persiguen claros efectos elusorios del pago del IRPF» y que, ante ese escenario, el cambio normativo propuesto es una «respuesta proporcionada y respetuosa con el derecho civil» de las comunidades afectadas (no solo Galicia, también Baleares o Cataluña). Y es que, recordó, no se limitan los pactos sucesorios, sino que solo se cambia la fiscalidad de la venta de bienes, al tiempo que reprochó al PP que no se hubiese avenido a negociar los cambios propuestos por los socialistas para modificar su enmienda y que esta hubiese salido adelante.
Tras el visto bueno en el Congreso, el proyecto de ley pasa ahora al Senado, donde se aprobará de forma definitiva si no hay cambios en el articulado. Si se introdujese alguna enmienda (algo que parece difícil dada la relación de fuerzas en la Cámara alta), el texto debería volver a manos de los diputados para que refrendasen el cambio o lo revocasen.
La incertidumbre normativa y la pandemia provocan el primer retroceso en los pactos sucesorios en siete años
En el 2020, por primera vez en siete años, la cifra de pactos sucesorios realizados en Galicia se redujo. Como se puede apreciar en el gráfico que acompaña esta información, se formalizaron cerca de 29.000 herencias en vida, lo que supone una caída de casi el 12 % respecto al ejercicio previo, de acuerdo a los datos facilitados por la Consellería de Facenda.
Una caída que se explica, en buena parte, por un contexto de pandemia que durante más de dos meses provocó una parálisis casi total de trámites administrativos, pero que los expertos atribuyen también a la incertidumbre creada por la tramitación de una norma que cambiará la fiscalidad de la venta de bienes recibidos mediante estos pactos sucesorios.
Y no solo la de aquellos que se formalicen a partir de la entrada en vigor de la nueva ley antifraude. También la de las herencias en vida otorgadas antes de ese momento, cuyos beneficiarios también deberán pagar más plusvalía si venden los bienes antes de fallecer quien se los legó.
Pese al cambio en la fiscalidad de estas transmisiones, se mantendrá inalterada la otra gran ventaja tributaria de los pactos sucesorios gallegos, que va ligada a las exenciones en el impuesto de sucesiones. Y es que, desde enero del año pasado, las herencias hasta un millón de euros no tributan si quien las recibe (ya sea tras la muerte de un familiar o en vida de este mediante un pacto sucesorio) es descendiente directo (hijo o nieto), ascendiente (padre o abuelo) o cónyuge. Una bonificación que exime de pagar el impuesto al 99 % de los contribuyentes que reciben un legado en la comunidad.