Los trabajadores de la Xunta dispondrán de 4 horas para votar y reducción de jornada al día siguiente si están en mesa
Elecciones 2016
Los votantes por correo dispondrán de las mismas horas para solicitar y entregar el sufragio, el personal con jornada reducida tendrán una reducción proporcional de su tiempo de trabajo. Los empleados de empresas privadas tienen derechos similares.
06 Jul 2023. Actualizado a las 16:34 h.
El personal de la Xunta dispondrá de cuatro horas para acudir a votar en las próximas elecciones del 23 de julio, en caso de no tener descanso laboral esa jornada. Los votantes por correo tienen las mismas condiciones para solicitar y entregar el sufragio. Cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso. Así lo recoge el Diario Oficial de Galicia (DOG) de este jueves.
Por otro lado, el personal nombrado presidente o vocal de mesas electorales y los que acrediten su condición de interventores tienen derecho, durante el día de la votación, a un permiso retribuido de jornada completa si no disfrutan en tal fecha de descanso semanal, y a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior. Las personas apoderadas también tendrán derecho a libranza retribuida durante el día de la votación.
Aquellas personas que se presenten como candidatos a las elecciones, con previa solicitud, podrán ser dispensados de acudir a sus puestos de trabajo durante la campaña electoral; es decir, desde el 7 de julio de 2023 hasta el 21 de julio de 2023.
Derechos de los trabajadores de empresas privadas
Los trabajadores de las empresas privadas que sean llamados a las mesas electorales también tendrán derecho a un permiso retribuido el día de los comicios (acudir es obligatorio, salvo que la junta electoral dispense al seleccionado) y a cinco horas de descanso la jornada posterior, ya que el recuento y entrega de la documentación puede alargarse.
Si no están en la mesa y les toca trabajar ese domingo, también tienen derecho a ausentarse hasta cuatro horas (en función de su horario laboral) para ejercer su derecho al voto.