El juez Andreu plantea si es constitucional la reforma de la justicia universal
España
Pregunta a las partes si plantea una cuestión de inconstitucionalidad o si archiva las causas sobre el genocio en Ruanda y el ataque a un campo de refugiado en Irak
19 Mar 2014. Actualizado a las 18:58 h.
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha preguntado a la Fiscalía y el resto de partes personadas en las dos causas que instruye en virtud del principio de justicia universal si debe plantear una cuestión de inconstitucionalidad sobre la reforma legal que limita su aplicación o, por el contrario, archiva los procedimientos.
En dos providencias notificadas hoy, el magistrado da un plazo «improrrogable» de diez días a las partes personadas en las causas en las que se investigan el genocidio en Ruanda y el ataque contra un campo de refugiados en Irak para que le informen sobre «la pertinencia de plantear cuestión de inconstitucionalidad, o sobre el fondo de ésta».
Se trata del primer juez de la Audiencia Nacional que plantea la posibilidad de llevar al Tribunal Constitucional la limitación de la justicia universal, aprobada por Congreso y Senado a partir de una proposición de ley del Grupo Popular tramitada con carácter de urgencia.
Esta reforma obliga a que los procedimientos por genocidio o lesa humanidad tengan que dirigirse contra un ciudadano de nacionalidad española o extranjero que resida en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas. También será requisito imprescindible que exista una querella del agraviado o del Ministerio Fiscal.
En la primera causa el titular del juzgado central de Instrucción número 4 investiga a una cuarentena de altos mandos de Ruanda a los que acusa de la muerte de cuatro millones de personas en los años noventa y del asesinato de nueve españoles.
También abrió una investigación sobre la intervención de altos mandos del Ejército de Irak por un ataque que las fuerzas especiales de este país llevaron a cabo el 8 de abril de 2011 contra el campo de refugiados de Ashraf y en el que murieron 35 personas y otras 337 resultaron heridas.
El juez Ismael Moreno preguntó el martes a la Fiscalía si debía archivar las cinco causas que instruye en virtud del principio de justicia universal, entre las que se encuentran dos que se siguen contra China por las torturas en el Tíbet y la persecución de los miembros del movimiento Falun Gong. En el marco de la primera se solicitó la busca y captura de los expresidentes chinos Jiang Zemin y Hu Jintao.
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 también preguntó si debe archivar las investigaciones que sigue sobre el Holocausto nazi, en la que imputó a cuatro antiguos miembros del denominado Batallón de la Calavera de las SS; los vuelos de la CIA con parada en el aeropuerto de Palma; y la muerte en 2010 del ciudadano español Babi Hamdai Buyema en el campamento saharaui de El Aaiún.
El juez Pablo Ruz, además, preguntó este lunes si debe archivar las causas que instruye para investigar la creación de la prisión estadounidense de Guantánamo, la muerte del diplomático Carmelo Soria durante la dictadura chilena, el asalto a la Flotilla de la Libertad por parte de Israel y los genocidios en el Sáhara que se atribuyen Marruecos y el Frente Polisario.
Al igual que Ruz, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1, Santiago Pedraz, preguntó a las partes si debe dictar el archivo de la causa en la que investiga el genocidio contra el pueblo maya en Guatemala y el asalto de la Embajada de España en este país que se produjo en el año 1980.
Sin embargo, se negó a archivar la causa en la que se investiga la muerte del cámara de Telecino José Couso durante la guerra de Irak, al considerar que la limitación de la Justicia universal contravendría la cuarta Convención de Ginebra, que obliga a «perseguir los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado».
Por su parte, el magistrado Eloy Velasco planteó el pasado viernes la posibilidad de seguir investigando la muerte del jesuita Ignacio Ellacuría y otras siete personas, que se produjo el 16 de noviembre de 1989 en El Salvador. Argumenta que están procesados 13 militares salvadoreños por un delito de lesa humanidad, que quedaría afectado por la modificación de la norma, y por los de asesinato terrorista, que permitiría mantener la investigación.