La Voz de Galicia

Velasco mantiene el caso de los jesuitas solo por terrorismo

España

Julio Á. Fariñas Redacción / La Voz

La nueva ley sí contempla la competencia de la justicia española sobre ese delito

01 Apr 2014. Actualizado a las 07:00 h.

La mayoría de los causas abiertas en la Audiencia Nacional al amparo de la jurisdicción penal universal, seguirán coleando, a pesar de la entrada en vigor de la reforma exprés de la Ley Orgánica del Poder Judicial promovida por el PP que demanda el archivo provisional de todas las causas abiertas hasta que no se constate que reúnen los requisitos exigidos por la nueva norma legal.

El magistrado Eloy Velasco, el primero que decidió pedir opinión a las partes antes de decidir si archivaba o seguía adelante con la causa abierta por el asesinato del jesuita Ignacio Ellacuría y otras siete personas, que se produjo el 16 de noviembre de 1989 en El Salvador, emitió ayer una resolución razonada en la que decide seguir adelante con la investigación abierta en 2010 pero no por los delitos de lesa humanidad sino de asesinato terrorista de los cinco religiosos que eran españoles. la nueva ley sí contempla la competencia de la justicia española sobre ese delito.

Al mismo tiempo el titular del juzgado central de instrucción numero seis sigue aplicando la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y eleva a la Sala Segunda (Penal) del Tribunal Supremo la causa. El alto tribunal es el competente para decidir si el juicio celebrado en su día en El Salvador sobre los asesinatos de los jesuitas «fue un mero fraude, una formalidad para aparentar la realización de una justicia que no fue tal», como considera el magistrado.

Críticas a la reforma

El juez Velasco también en su resolución critica la Disposición Transitoria Única incluida en la reforma del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que obliga al sobreseimiento de todas las causas que no cumplan los nuevos requisitos que limitan la justicia universal. Considera «ilógica» esta disposición al considerar que es «contradictorio» que el juez tenga que «archivar» una causa y verificar después si concurren «requisitos» para continuar la investigación, salvo que se pretenda «perpetuar una contradicción en términos».

Comparte el criterio del juez Santiago Pedraz, que defiende la competencia para seguir investigando el asesinato en Irak del cámara José Couso y, en contra del criterio de la Fiscalía, también entiende que es el juez instructor de cada caso y no la Sala de lo Penal quien debe decidir si continúa investigando una causa.


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