La Fiscalía no considera delito el espionaje de la NSA en España
España
El Ministerio Público cree que no hay indicios de que la agencia estadounidense accediese a «información de carácter privado o íntimo» en las 60 millones de llamadas telefónicas intervenidas
16 Jun 2014. Actualizado a las 22:46 h.
La Fiscalía considera que la «recogida masiva de metadatos generados por comunicaciones de telefonía móvil» relacionadas con España que realizó la Agencia de Seguridad Nacional estadounidense (NSA) no tiene carácter delictivo y que «no hay indicios que permitan presumir que se haya accedido a información de carácter privado o íntimo de persona alguna, ni que se hayan interceptado o intervenido comunicaciones en España o de ciudadanos españoles».
Un decreto de la Fiscalía Coordinadora Nacional contra la Criminalidad Informática archiva las diligencias informativas que este departamento abrió el pasado 29 de octubre después de que determinados documentos obtenidos por el exanalista Edward Snowden desvelasen que la NSA había espiado «60 millones de llamadas en España en un solo mes».
El Ministerio Público señala que la herramienta utilizada para la recogida de datos, denominada 'Boundlessinformant (informante sin fronteras)', sólo se utiliza para «el análisis a efectos estadísticos de flujos masivos de información sobre comunicaciones» aunque «no consta que pueda ser utilizada para la interceptación o intervención de comunicaciones ni para el acceso a contenidos materiales de dichas comunicaciones». «Es evidente que no existe indico alguno, con base en la documentación disponible, de que efectivamente a través de esta herramienta o de cualquier otro instrumento informático, se haya realizado intervención, interceptación o captación de metadatos de cualquier tipo», señala el informe de la Fiscalía en referencia a «comunicaciones específicas debidamente individualizadas, bien sea en atención a los comunicantes o a los aparatos o equipos utilizados en la transmisión con origen o destino en España o en las que hayan intervenido ciudadanos españoles o residentes en nuestro país».
Análisis policial
El Ministerio Público, que llega a estas conclusiones a partir de un análisis que realizó la Unidad de Investigación Tecnológica del Cuerpo Nacional de Policía y el Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil, concluye que la herramienta se utilizó únicamente para el «análisis de flujos de comunicación y tratamiento estadístico» de la información. En este sentido, señala que no consta que este dispositivo «permita acceder a metadatos de forma individualizada» y que «ni mucho menos existen indicios de que se haya observado una conducta de esta naturaleza».