Ley de Memoria Democrática: avances con puntos discutibles jurídicamente
España
La anulación de juicios o la investigación de crímenes despiertan dudas
20 Sep 2020. Actualizado a las 14:18 h.
El anteproyecto de la Ley de Memoria Democrática aprobado por el Gobierno ha creado polémica. Los expertos consultados por La Voz hacen una valoración positiva, aunque hay aspectos que despiertan dudas desde el punto de vista jurídico. «Muestra algunos avances significativos respecto a la anterior Ley de Memoria Histórica», asegura el historiador Eduardo González Calleja.
Para su colega Ángel Viñas, hacer una nueva ley que modificara y ampliara la del 2007, con la que, incide, se mostró crítico por sus insuficiencias, era «una necesidad ineludible». La catedrática de Derecho Penal María Luisa Cuerda hace una valoración positiva de «todas las actuaciones destinadas a promover la reparación moral y recuperar la memoria de las personas represaliadas, ya lo fueran por razones políticas, ideológicas, religiosas o por cualquier otra causa».
Puntos destacados
González Calleja, experto en violencia política y franquismo, destaca los siguientes avances: «la subvención estatal a las exhumaciones de las fosas; la sanción económica a los delitos de odio vinculados con la negación o exaltación de la represión franquista; la anulación de las sentencias punitivas impuestas durante el régimen anterior; el establecimiento de una Fiscalía de Memoria Democrática en el Supremo para esclarecer, no castigar, las violaciones de derechos humanos durante la Guerra Civil, se supone que por los dos bandos, y la dictadura; o la resignificación de lugares de memoria como el Valle de los Caídos».
A los que Cuerda añade «la investigación sobre los bienes expoliados durante la guerra; la retirada de medallas u otras distinciones a torturadores, así como títulos cuyo origen está en la concesión de los mismos al dictador». Viñas resalta también «la enseñanza de la Guerra Civil, el franquismo y la represión en los tramos o la formación de los ciudadanos en los valores democráticos».
Cuerda coincide: «es imprescindible promover un exacto conocimiento de la historia con el fin de que las nuevas generaciones comprendan la verdadera importancia de los valores y libertades democráticas»». Y lo explica: «Asistimos a una cierta banalización de lo ocurrido en la dictadura por un sector de nuestra juventud que parece ignorar lo que aquella etapa tan negra representó para la mayoría del pueblo español».
¿Está utilizando el Gobierno la nueva ley como una herramienta política? «Toda legislación es una herramienta política en manos de los gobiernos», señala González Calleja. Viñas considera que «cualquier Gobierno que presenta un anteproyecto de ley hace política». Y se pregunta: «¿No hizo política el PP cuando anuló en la práctica la ley del 2007». «No hay necesidad política más imperiosa que empezar a ajustar cuentas con nuestro pasado y educar en los valores democráticos a la ciudadanía», sostiene.
¿Pueden declararse nulos de pleno derecho los juicios franquistas? «Expuesto así, sin matizaciones, me parece una pretensión que jurídicamente es muy discutible», dice Cuerda. «No veo a través de qué fórmula podemos conseguir que una condena moralmente injusta se declare nula, jurídicamente hablando; otra cuestión es que, a efectos meramente declarativos, se tenga por tal», añade.
¿Se pueden investigar judicialmente los crímenes franquistas pese a la amnistía? «La amnistía implica la extinción de la responsabilidad por cualquier acto a que se refiera; por tanto, no es posible una investigación en el marco de un proceso penal, ya que no cabe iniciarlo en relación con conductas cubiertas por una causa de extinción de la responsabilidad», dice la penalista. «Lo que sí cabría es investigar en el sentido amplio del término pero nunca con las prerrogativas de limitación de derechos que implica una investigación procesal strictu sensu», concluye.
La ilegalización de la Fundación Francisco Franco divide a historiadores y penalistas
La ilegalización de las fundaciones y asociaciones que hagan apología del franquismo, que apunta a Fundación Francisco Franco, es un punto polémico. «No estoy a favor de la ilegalización de ninguna entidad por razones ideológicas», señala Cuerda. «Si se estima que su objetivo no tiene interés general, y creo que no lo tiene, tendrá que dejar de ser una fundación y perder los beneficios fiscales; sin embargo, entendí que lo que se pretende es impedir su continuidad bajo cualquier forma jurídica por el hecho de que su objetivo es ensalzar la figura de Franco», explica.
«No puedo estar de acuerdo con una medida que representa la negación de lo que defiende: los valores democráticos; la democracia sin libertad ideológica y sin libertad de expresión no es concebible», sostiene. «Ensalzar al dictador no es una apología que se pueda legítimamente castigar, la única apología sancionable en un Estado democrático de Derecho es la que representa una incitación, directa o indirecta, a la comisión del delito», concluye la experta en derechos fundamentales.
A favor
González Calleja no está de acuerdo: «Es una anomalía que, en un país democrático de Europa occidental exista una entidad cuyo objetivo, explícitamente declarado en sus estatutos, sea la reivindicación y el ensalzamiento de la obra de un dictador tan estrechamente ligado a Hitler o Mussolini».
Y añade que «si no hay fundaciones en honor de estos dictadores fascistas en Alemania o Italia, no veo por qué tenemos que seguir soportando algo así en España; además, esa fundación detenta un respetable fondo documental que hace años debiera haberse trasladado a los archivos estatales», afirma. Viñas señala que la fundación «hace una clara apología de la dictadura y utiliza argumentos torticeros».
Y se hace varias preguntas que contienen su opinión: «¿Hay en Alemania una fundación Adolf Hitler; en Italia una fundación Benito Mussolini; en Francia una fundación Philippe Pétain; en Bélgica una fundación Degrelle?».