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El Supremo confirma la pena de seis años para Correa por contratos ilegales con AENA en época del PP

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Ell líder de la trama Gürtel, Francisco Correa, a su llegada a la Audiencia Nacional, acompañado de su abogado, para ser sometido a juicio.

El Tribunal rechaza anular la causa por las escuchas ilegales a los abogados ordenadas por el juez Baltasar Garzón, condenado por prevaricación

01 Sep 2021. Actualizado a las 22:45 h.

El Tribunal Supremo ha ratificado, casi en su totalidad, la sentencia dictada por la Audiencia Nacional sobre la pieza separada de la trama Gürtel relativa a los contratos irregulares de AENA, firmados entre 2000 y 2002, en la época de Gobierno del PP, con el grupo de empresas de Francisco Correa. El fallo confirma la pena de seis años de prisión —reducida en seis meses— y rebaja en casi 390.000 euros la multa de 654.000 que se le impuso. En su recurso, el líder de Gürtel alegó haber sufrido dilaciones indebidas en el procedimiento. En la sentencia, recogida por Europa Press, firmada el 28 de julio, los magistrados estiman parcialmente la impugnación tras reconocer que la causa de AENA «no presenta una complejidad de investigación tan marcada como en otras piezas» de la trama.

Correa sostenía además que durante la instrucción de la causa se vio afectado su derecho de confidencialidad en la relación abogado-cliente por la decisión del entonces juez instructor Baltasar Garzón de interceptar las comunicaciones de los letrados y los principales acusados. El Supremo ha reconocido que «se produjo una importante transgresión del derecho de defensa», pero ha recordado que el ex magistrado fue apartado de su cargo. En este sentido, además, ha subrayado que «no puede proclamarse que cualquier restricción devenga incompatible con la validez del procedimiento en su conjunto». Por ello, ha estimado que «no procede acordar la nulidad de todo el proceso» en los términos reclamados por Correa.

Condena a exdirectivos de AENA

La sentencia confirma la condena por delitos continuados de cohecho activo, fraude a las administraciones públicas, falsedad en documento mercantil y prevaricación. Además, se le decomisa el beneficio que obtuvo como consecuencia de estos contratos, que asciende a unos a 2,2 millones de euros. El Supremo también confirma íntegramente las penas acordadas por la Audiencia Nacional para el ex director de Comunicación de AENA Ángel López de la Mota y su subordinado José María Gavari, quienes conocieron a Correa cuando trabajaban en la oficina de prensa del PP. López de la Mota y Gavari fueron condenados a cinco años de cárcel con multas 95.000 y 168.000 euros, respectivamente, por cohecho pasivo, prevaricación, y fraude a las administraciones públicas.

 


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